lunes, 23 de noviembre de 2020

Colectiva feminista reporta 402 casos de violencia digital en lo que va de 2020

De enero a noviembre de 2020, la colectiva Luchadoras ha acompañado 402 casos de violencia digital, de los cuales, en el 90% de los casos las víctimas fueron mujeres.

La colectiva Luchadoras ha acompañado, de enero a noviembre de este año, 402 casos de violencia digital, de los cuales 90% de las víctimas han sido mujeres, situación que refleja la gravedad del fenómeno que hasta ahora no ha contado con la suficiente atención de las autoridades.

“Las mujeres cumplen denunciando, pero las autoridades les han fallado”, consideró Lulú Barrera, directora de Luchadoras, durante la presentación del informe “Justicia en trámite. El limbo de las investigaciones sobre violencia digital en México”.

Tras destacar que la colectiva tiene varios años investigando la violencia digital en México, y de manera particular en los últimos años la difusión de imágenes sin consentimiento, Barrera alertó que durante la pandemia la probabilidad de que el fenómeno se “haya recrudecido es muy alta, debido a que en mundo digital es donde se está llevando a cabo la vida social, educativa y en todos los ámbitos”.

Según la investigación de Luchadoras, información proporcionada por 18 estados de la República precisa que en los últimos tres años se han abierto 2 mil 143 carpetas de investigación por el delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, casos en los que 84.46% de las víctimas son mujeres, y permanecen en trámite 83% de las indagatorias.

De 847 carpetas abiertas en siete entidades, sólo en 24 casos se iniciaron causas penales, en tanto que de los procesos concluidos, Luchadoras tuvo conocimiento de una sentencia condenatoria por “sexting” en Chihuahua y tres en Tamaulipas por el delito de “pornografía de menores incapaces”.

Lulú Barrera explicó que, en el caso de las mujeres, la violencia digital “es una forma de violencia sexual, de objetualización sexual de las mujeres a través de las tecnologías, que atenta contra la vida íntima, la sexualidad y la privacidad de las mujeres, en muchos casos con el objetivo de obtener un lucro, en la que se incluyen extorsiones y amenazas”.

La directora de Luchadoras reconoció que en México “no todas las mujeres que viven de un ataque digital denuncian”, debido en buena parte al desconocimiento, la estigmatización y particularmente a que prevalece el maltrato de autoridades ministeriales, que no recurren a las instancias especializadas de las mismas instituciones ni a las herramientas tecnológicas con que cuentan para esclarecer los casos.

Entre los casos analizados, Barrera destacó que en Chihuahua el delito se ha definido como “sexting”, que revictimiza, debido a que la definición real es “toma de imágenes y difusión de imágenes con consentimiento”, además de que se orilla a las víctimas a llegar a conciliaciones con los agresores.

“La práctica de conciliación es contraria a los estándares internacionales en materia de violencia de género y contra la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, además de que implica la mediación de las autoridades para que la víctima otorgue el perdón a su agresor, eso quiere decir que se está presionando a las mujeres a desistirse de sus denuncias”, reprobó Barrera.

En el acompañamiento a víctimas, la defensora enlistó los obstáculos a los que se enfrentan las mujeres agredidas, entre ellos la “falta de procesos claros y adecuados; maltrato por parte de autoridades y procuradores de justicia, y falta de conocimiento técnico y especializado en temas digitales”.

Es indispensable, dijo, que los agentes del Ministerio Público “sepan qué es Twitter, qué es Facebook, que tengan conocimiento de cómo procesar una denuncia de ese tipo, porque prevalece una negativa a realizar diligencias de investigación; es generalizado que la carga de la prueba recae en las víctimas, por lo que en el acompañamiento se tuvo que recurrir a amparos”.

La investigación de la colectiva se dirigió a analizar la efectividad de la Ley Olimpia en el país, por lo que se revisaron 35 reformas legislativas en materia de violencia digital, considerada como delito en México desde 2012. También se formularon solicitudes de información a las fiscalías y poderes judiciales de 24 estados de la República donde se ha legislado al respecto hasta febrero de este año, y se entrevistó a víctimas.

Ixchel García, investigadora de Luchadoras, destacó que sólo recibieron información de 18 fiscalías, y en siete estados obtuvieron, además, información de los poderes judiciales.

En cuanto a las reformas legislativas, añadió que en algunas entidades han reformado la ley local de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre sin Violencia, en tanto que en la Ciudad de México se han adoptado también órdenes de protección por delitos digitales y se ha incluido las consideraciones de amenaza y delito de extorsión.

“La violencia digital es real si traspasa la vida de las personas que lo experimentan”, dijo García, y lamentó que “el principal cuello de botella o el embudo” para esclarecer los casos radica en los procesos de investigación, de manera que “algunos casos llevan más de tres años en los procesos de investigación”.

Como estados que se distinguieron por buenas prácticas, resaltaron Aguascalientes y la Ciudad de México, donde se reconoce que esos delitos “dan lugar al acoso y extorsión”.

Entre las recomendaciones planteadas en el informe destaca “la creación de un estándar en apego a derechos humanos desde una perspectiva múltiple, armonizar las reformas a nivel local, creación de protocolos de actuación e investigación, formación de conceptos y herramientas de investigación”.

Y entre las alternativas para reparación del daño integral se aconseja la compensación económica, “para restablecer la situación que existía”, a través de pagos para proveer atención a salud y de gastos jurídicos, entre otros, así como una disculpa pública.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: GLORIA LETICIA DÍAZ.

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