lunes, 29 de junio de 2020

La Suprema Corte admite amparo de la Cofece y frena cambios en la política energética de la Sener

El 15 de mayo la Secretaría de Energía dio a conocer el nuevo acuerdo en materia energética que ha desatado críticas y más de 40 impugnaciones promovidas por empresas del sector. Hace siete días la Cofece promovió un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación porque consideró que la nueva política de la dependencia violenta sus facultades en materia de competencia económica.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió , indefinidamente, la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

El Ministro Luis María Aguilar admitió a trámite el recurso de controversia constitucional promovido el 22 de junio por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).



La Secretaría de Energía (Sener) publicó el nuevo acuerdo en materia energética en el 15 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Un mes y siete días después de la publicación, y en medio de críticas de las cúpulas empresariales nacionales y extranjeras, la Cofece anunció la impugnación porque la modificación de las normas del sector violentan su mandato constitucional e invaden la esfera de competencia.

“Procede conceder la medida cautelar para el efecto de que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, publicado en el Diario Oficial el 15 de mayo de 2020, hasta en tanto se resuelva el fondo del presente asunto”, determinó el Ministro Aguilar.
A partir de la determinación de este lunes la Suprema Corte determinó que no se afectan la seguridad y economía nacionales, que ha sido el argumento de la Secretaria Rocío Nahle y del Presidente Andrés Manuel López Obrador para sostener la modificación del acuerdo energético.

Tampoco se afecta a las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano porque la suspensión sólo determina que se ejecuten las disposiciones previas a la modificación del SEN.
“La medida cautelar concilia, por un lado, la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y, por otro, el respeto a los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del país”, resolvió la Corte.

La Sener puede impugnar el recurso de suspensión  en 30 días hábiles. Las declaraciones de la Sener al respecto de las impugnaciones frente al SEN han sido que “va a combatir” las resoluciones. En sus argumentos, la Sener precisó que la Constitución mexicana establece “como responsabilidad y atribución exclusiva de la Nación, la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional (SEN)”.

Por su parte, el Presidente López Obrador ha declarado que a las empresas que participaban del sector energético nacional “se les pasó la mano” por lo que su Gobierno va a defender el nuevo acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).
“Vamos a seguirla, vamos a continuarla, porque se les paso la mano, abusaron las empresas. Me da pena decirlo, pero sacaron mucha ventaja de los pasados Gobiernos”, dijo en su conferencia de prensa del 12 de junio.

Hasta ahora,al menos 40 suspensiones al nuevo acuerdo energético se han otorgado por dos jueces federales especializados en Competencia Económica, que han sido promovidos por empresas privadas a las que el SEN afecta.

La nueva política energética “establece criterios técnicos para la incorporación confiable, progresiva y acelerada de la energía de cualquier técnica de generación incluyendo las renovables, destacando la generación distribuida, la electromovilidad, redes inteligentes y reservas de capacidad operativa”, ha destacado la Sener.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: https://www.sinembargo.mx/29-06-2020/3814079