viernes, 8 de junio de 2018

La SCJN debe frenar #LeyChayote y el uso del dinero público para manipular a medios, exige Ruffo

A pesar de que el PRI y sus partidos aliados festejaron la aprobación y promulgación de la Ley General de Comunicación Social, también conocida como #LeyChayote, la oposición y las organizaciones civiles no le han puesto punto final a esa historia. En el día en que se celebra la Libertad de Expresión, un grupo de senadores presentaron ante la Suprema Corte, una acción de inconstitucionalidad que busca regresar el tema justo donde inició: con un emplazamiento de esta instancia al Congreso para que se elabore una ley que no viole derechos humanos.

De febrero a abril pasado, organizaciones civiles insistieron a diputados y senadores que cumplir en tiempo con la aprobación de la Ley General de Comunicación Social, no sería suficiente para cumplir con el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que los obligaba a elaborar un reglamento que parara el gasto excesivo en publicidad oficial.



La oposición lo repitió varias veces cuando el dictamen se discutió en el pleno de ambas cámaras, pero el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal), aprobaron la ley y luego festejaron.

Sin embargo, este jueves por la mañana, 52 senadores presentaron en la SCJN una acción de inconstitucionalidad en contra de la ley también conocida como #LeyChayote, lo que abre camino a un nuevo procedimiento en que la Corte señale que en el Congreso no se cumplió con lo que estipuló en noviembre de 2017.

Fueron senadores del Partido Acción Nacional (PAN), del Trabajo (PT), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) los que presentaron el documento. Los argumentos que sostienen dicha acción es que contraviene a la libertad de expresión, el derecho a la información y porque vulnera reglas del procedimiento legislativo.
De acuerdo con un comunicado del colectivo #MediosLibres, esta acción de inconstitucionalidad muestra que la Ley aprobada vulnera de manera sustancial el derecho a la libertad de expresión, al violar los principios internacionales en materia de publicidad oficial y los señalados en el artículo 134 constitucional; incumple los criterios derivados de la exhortación de la SCJN; vulnera el derecho fundamental de la libertad de imprenta; viola el derecho de las audiencias y documenta violaciones al proceso legislativo que afectan la validez de la Ley.

Durante la discusión de la Ley, tanto en la Cámara de Diputados como de Senadores, la oposición insistió en que no sólo se trataba de aprobar una ley para cumplir con el plazo establecido por la SCJN que era el 30 de abril pasado, sino que se tenía que cumplir con varios conceptos que el entonces dictamen no incluía.

FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: DANIELA BARRAGÁN.
LINK: http://www.sinembargo.mx/07-06-2018/3426668