jueves, 4 de enero de 2018

La CEAV modifica lineamientos de traslado para víctimas

La presión de madres de personas desaparecidas para que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) desburocratice e incremente los montos para traslados de las víctimas, finalmente surtió efecto.

Dos semanas después del bloqueo que realizaron el pasado 18 de diciembre en el eje 6 sur, esquina con Pestalozzi, donde se ubican las oficinas de la CEAV, el organismo emitió un comunicado donde precisa que con el fin de facilitar a las víctimas de delitos y de violaciones de derechos humanos el acceso a las medidas de traslados, realizó reformas a los lineamentos en la materia, mismas que entraron en vigor el miércoles 3.



Dichos cambios se enmarcan en las reformas a la Ley General de Víctimas (LGV), vigente desde el 3 de enero de 2017, cuyo objetivo es priorizar las necesidades de ayuda inmediata, apoyo y atención a las personas en situación de víctima, así como agilizar el procedimiento para la reparación del daño.


La reforma señalada estableció el otorgamiento de medidas de traslado con cargo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (FAARI), así como la emisión de lineamientos en la materia, lo que sucedió el 26 de mayo de 2017.

En diversas ocasiones las víctimas llamaron la atención para que la CEAV realizara modificaciones a dichos lineamientos, para quitarles carga burocrática y para que, también, puedan ser beneficiarias aquellas personas que han sufrido delitos del fuero local y violaciones a sus derechos humanos cometidas por servidores públicos del orden estatal o municipal.

Ayer, finalmente, la CEAV publicó los cambios en el Diario Oficial de la Federación, entre los que destaca la eliminación del requisito relativo a que la víctima presente “la cotización del traslado, en caso de que el monto del mismo se solicite por anticipado”, a fin de evitarle una carga administrativa adicional.

Como parte de la asistencia se adiciona la obligación de la CEAV de realizar las cotizaciones de los traslados en los casos en que las víctimas soliciten las medidas por anticipado, tomando en consideración el principio de “debida diligencia”, previsto en el artículo 5 de la LGV.

También se prevé que para efectos de la cotización del transporte aéreo que realicen las áreas de la CEAV, se tome en consideración una tarifa promedio entre la más alta y la más económica, agregando un 15%, derivado de la fluctuación en los precios a las que están sujetos los pasajes.

De igual manera, se incorpora la disposición prevista en las Reglas de Operación para el Funcionamiento del Fondo, en el sentido de que el monto del gasto no comprobable podrá ser de hasta 25% del que fue otorgado a la víctima de manera anticipada por concepto de medidas de traslados.

Se elimina el supuesto del tramo de vuelo superior a dos horas para el acceso a la transportación aérea de las víctimas y se incrementan los montos de apoyos de traslados.


Además, se incorpora el supuesto de atención a casos del fuero común previsto en el artículo 88 bis de la LGV, el cual establece que los supuestos en los que la CEAV podrá ayudar, atender, asistir y, en su caso, cubrir una compensación subsidiaria en términos de esta Ley, son aquellos casos de víctimas de delitos del fuero común o de violaciones a derechos humanos cometidos por servidores públicos del orden estatal o municipal.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: PATRICIA DÁVILA.
LINK: http://www.proceso.com.mx/517220/la-ceav-modifica-lineamientos-de-traslado-para-victimas