jueves, 17 de agosto de 2017

Suprema Corte falla a favor de Telcel; establece que artículo de tarifa cero es inconstitucional

La Suprema Corte no estableció la validez de la tarifa cero; sin embargo, determinó que la regulación tarifaria no puede ser realizada por el Congreso, sino únicamente por el IFT.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el artículo 131 que establece la tarifa cero en telefonía móvil es inconstitucional, argumentando que la regulación en telecomunicaciones corresponde únicamente al Instituto Federal de Telecomunicacines (IFT), y no al Congreso.

La resolución se dio luego de que Telcel promoviera un amparo, señalando que el Congreso no era competente para fijar la “tarifa cero”, sino que ello le correspondía al IFT.



Además, Telcel acusó que la tarifa cero, que impedía a la empresa realizar el cobro a otras compañías por el uso de su infraestructura en llamadas telefónicas, es “confiscatoria, carece de razonabilidad objetiva y constituye una restricción desproporcionada a la libertad de comercio”.

Los legisladores emitieron en 2014 la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que en el artículo 131 establecía la tarifa de interconexión, “ordenando que el agente preponderante no podrá cobrar tarifa alguna por el uso de su red”.

Esto es, que Telcel no podía cobrar a las empresas competidoras tarifas de interconexión.

Sin embargo, la SCJN determinó que esta regulación tarifaria corresponde únicamente al IFT.

 No habrá pagos retroactivos

Los ministros de la SCJN resolvieron que el amparo no tiene efectos retroactivos, por lo que Telcel no podrá cobrar a las demás empresas por los tres años que no ha recibido tarifas de interconexión. 

La sentencia de la Corte no se pronunció sobre la validez de la tarifa cero, por lo que corresponderá al IFT establecer una nueva regulación.

La sentencia no se pronuncia sobre si es válido o no que haya una “tarifa cero”

“Una vez que ha quedado resuelto el problema competencial y que por tanto corresponderá al IFT establecer una nueva regulación asimétrica, en cumplimiento de las reglas del juicio de amparo la Segunda Sala ya no se pronuncia sobre los demás agravios respecto de la validez o no de la ‘tarifa cero'”, indicó la SCJN.

“A través de este fallo, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación preserva el principio de división de poderes; armoniza las facultades del Congreso de la Unión y del órgano regulador; salvaguarda la autonomía constitucional de dicho órgano y resguarda también los beneficios que hayan tenido lugar como resultado de la implementación de la reforma en el sector de las telecomunicaciones”, agregó.


El IFT dijo estar de acuerdo con la sentencia de la SCJN y anunció que “analizará sus efectos para darles cabal cumplimiento y resolver lo conducente sobre las tarifas de interconexión aplicables, en estricto apego a la ley”.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2017/08/suprema-corte-telcel-tarifa-cero/