jueves, 3 de agosto de 2017

PGR debe dar acceso a información sobre indagatorias contra Javier Duarte

CIUDAD DE MÉXICO: La Procuraduría General de la República (PGR) deberá permitir el acceso a documentos en donde se desprenda el número de indagatorias abiertas en contra del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, así como la cantidad de cuentas bancarias, empresas y propiedades que le han asegurado.

Por instrucción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la PGR también deberá entregar el número de órdenes de aprehensión giradas en contra del exmandatario estatal vinculadas a Javier Duarte de Ochoa, con motivo de averiguaciones, y, “únicamente tratándose de casos vinculados con investigaciones relacionadas con delitos cometidos en ejercicio de sus funciones públicas”.

De acuerdo con un comunicado, el comisionado ponente, Oscar Guerra Ford, destacó que en términos de lo que dispone la Ley General de Transparencia, se realizó una prueba de interés público, de la que se concluyó que aunque no se ha determinado la culpabilidad de Duarte, “existe un interés público superior en dar a conocer los datos solicitados, por la calidad que ostentó como servidor público”.

“Ello, porque fungió como gobernador constitucional de Veracruz y se le imputa la comisión de delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, abuso de autoridad, incumplimiento del deber legal, peculado, tráfico de influencias. Todo esto, probablemente cometido durante el periodo en que se desempeñó en el cargo de gobernador”, apuntó.

El INAI relató que una particular solicitó lo siguiente:
1.- El número de cuentas bancarias, empresas y propiedades que la Procuraduría General de la República ha asegurado como resultado de las investigaciones que realiza al exgobernador de Veracruz Javier Duarte de Ochoa y a toda su red de amigos, familiares y ex servidores públicos;

2.- El número de indagatorias abiertas contra el exgobernador;

3.- El número de órdenes de aprehensión que ha obtenido la PGR vinculadas a Javier Duarte de Ochoa, y cuántas de ellas ya fueron cumplimentadas; y

4.- El informe la identidad de las personas aprehendidas relacionadas a Javier Duarte.

En respuesta, el sujeto obligado se limitó a remitir al recurrente diversos boletines de prensa, sin embargo, la particular interpuso recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la PGR reiteró su respuesta original y agregó que la materia de interés de la solicitante es susceptible de reserva y confidencialidad.
Lo anterior, se dijo, transgredió, en perjuicio de la particular, los principios de congruencia y exhaustividad que rigen el acceso a la información.

El Pleno del INAI modificó la respuesta de la PGR y le instruyó lo siguiente:

a) Realice una nueva búsqueda de los datos solicitados por la particular, tanto en la Dirección General de Control y Registro de Aseguramientos Ministeriales, como en las 32 delegaciones con las que cuenta la PGR; e incluso en los expedientes de averiguación previa correspondientes y, atendiendo al resultado de la búsqueda, efectúe lo siguiente:

— Permita el acceso a los documentos de donde se desprenda la información relativa al número de cuentas bancarias y empresas y propiedades que la PGR haya asegurado a Javier Duarte (punto 1); al número de indagatorias abiertas en su contra (punto 2), y el número de órdenes de aprehensión en su contra (punto 3), lo anterior, con motivo de averiguaciones (sin importar si están en trámite, o bien, concluyeron en sentencia condenatoria, absolutoria, se dictó el no ejercicio de la acción penal, o bien se solucionó a través de un acuerdo reparatorio o suspensión condicional del proceso) y, únicamente tratándose de casos vinculados con investigaciones relacionadas con delitos cometidos en ejercicio de sus funciones públicas.

— La búsqueda de la información deberá efectuarse en el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE), u otro similar vigente, documentando dicha gestión interna y, en caso de no obrar allí, en los documentos fuente en los que únicamente se dejará visible la parte que permita obtener el dato del interés del particular, comunicando los resultados correspondientes a la parte interesada-

II. Realice una nueva búsqueda de los datos solicitados en las unidades administrativas antes referidas y, atendiendo al resultado de la búsqueda, efectúe lo siguiente:

— Permita el acceso a los documentos de donde se desprenda la totalidad de los datos estadísticos requeridos en los puntos 1 y 3 mencionados, esto es, el número de cuentas bancarias, empresas y propiedades que la PGR ha asegurado a servidores públicos diversos a Javier Duarte, y el número de órdenes de aprehensión que ha obtenido la PGR vinculadas al exgobernador, sobre servidores públicos diversos a Duarte, y cuántas de ellas ya fueron cumplimentadas, como resultado de las investigaciones en donde ya se haya emitido una sentencia condenatoria irrevocable, que realiza a aquellos que ostenten o hayan ostentado el cargo de servidores públicos y los delitos sean de aquellos cometidos en el desempeño de sus funciones como servidores públicos, no así en su carácter de particulares.

— Por cuanto hace al punto 4, concerniente a la identidad de las personas aprehendidas relacionadas a Javier Duarte, procede la entrega del nombre del director General de Catastro y Valuación del Gobierno del Estado de Veracruz; o bien, de cualquier otro funcionario involucrado, siempre que la denuncia, investigación y/o averiguación previa y/o carpeta de investigación respectiva se encuentre concluida por sentencia condenatoria irrevocable, y solo si ésta derivó del desempeño de funciones como servidores públicos, no así en su carácter de particulares.

— En relación con el contenido 4, clasifique como confidencial la identidad de los particulares que no revistan el carácter de servidor público.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.