miércoles, 17 de mayo de 2017

SHCP establece valores para primeras convocatorias de Ronda Dos

Ciudad de México. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que se han establecido los valores mínimos y máximos para las variables de adjudicación de las primeras tres convocatorias de la Ronda Dos, en las cuales se establece una utilidad mínima y máxima para el Estado, que oscilará entre 2.40 y 75 por ciento dependiendo de la convocatoria y el área contractual.
Para la primera convocatoria, emitida del 20 de julio de 2016 y que consta de 15 áreas contractuales en aguas someras, en la modalidad de producción compartida, los valores mínimos y máximos de participación del Estado en la utilidad operativa se establecieron entre 8.50 y 75 por ciento.
En el caso de la segunda y tercera convocatoria, emitidas el 24 de agosto y 15 de noviembre de 2016, y que constan de 12 y 14 áreas contractuales terrestres, respectivamente, en la modalidad de licencia, se fijó una participación estatal en la utilidad entre 2.40 y 45 por ciento.
Como parte de las condiciones económicas de las licitaciones, se estableció que la selección de los ganadores se realizará con base en una fórmula que considera dos variables, la primera de las cuales está relacionada con los ingresos del Estado;  en el caso de los contratos de producción compartida correspondientes a la primera convocatoria, la variable es el porcentaje de participación del Estado en la utilidad operativa, mientras que para los contratos de licencia correspondientes a las segunda y tercer convocatorias, la variable es la tasa de regalía adicional.
La SHCP precisó que la segunda variable es un compromiso de inversión adicional, en el que se contemplan como valores aceptables la perforación de cero, uno o dos pozos adicionales a los establecidos en el programa mínimo de trabajo.
Explicó que los licitantes tienen que proponer un bono a la firma en caso de que se presente un empate en el resultado de la fórmula. Ello implica que, aun cuando los licitantes alcanzaran los valores máximos para la inversión adicional y la variable fiscal (porcentaje de participación o regalía adicional), esto no limita los recursos que puede recibir el Estado, dado que además estará el bono a la firma.
Destacó, que las condiciones económicas de los procesos de licitación, junto con los demás instrumentos contractuales e impositivos, como el impuesto sobre la renta y la regalía básica, impulsarán el desarrollo óptimo de largo plazo de los proyectos. Al mismo tiempo, el Estado garantiza la captura de la renta petrolera a través de la competencia en la licitación. Cabe recordar que todos los contratos incluyen un mecanismo de ajuste que garantiza que el Estado recibirá cualquier renta extraordinaria asociada a sorpresas positivas en los precios o el tamaño de los yacimientos.

FUENTE: LA JORNADA
AUTOR: ISRAEL RODRIGUEZ