jueves, 27 de octubre de 2016

Conasami tiene 6 días para publicar los estudios con los que justifica el salario mínimo de 73.04 pesos

El INAI ya emplazó a la Conasami. En los próximos días se podrán conocer la serie de estudios y conclusiones en las que se basará para fijar el salario mínimo de los mexicanos para 2017. En los últimos 15 años, esta Comisión ha pagado 539.6 millones de pesos por estos documentos elaborados, entre otros, por el Banco Mundial, Banco de México, Inegi y Coneval. La importancia recae en que justo este año, la Auditoría Superior de la Federación concluyó que la Conasami fija el salario sin metodología, sin análisis macroeconómico y con desconocimiento de las condiciones de vida de los trabajadores y sus necesidades salariales.

El próximo 4 de noviembre la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), deberá hacer públicos todos los estudios en los que basará el aumento al salario mínimo de los mexicanos de 2017.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) desahogó un recurso de revisión ingresado por un solicitante al que la Conasami le había negado el Informe Final que contiene los resultados de las investigaciones, estudios efectuados, sugerencias y estudios de trabajadores y patrones que le sirven para fijar la política salarial.

Este informe había sido reservado por un año por la Conasami, al argumentar que su difusión podría generar efectos negativos en la percepción social, tensión en las relaciones obrero-patronales, enfrentamiento de opiniones por parte de las diversas instituciones que participan en su elaboración o un mal uso de la información.

El documento contiene los resultados de las investigaciones y estudios efectuados, las opiniones y recomendaciones emitidas por jueces convenientes, además de las sugerencias y estudios de los trabajadores y patrones de la Comisión Consultiva para la Recuperación Gradual y Sostenida de los Salarios Mínimos Generales y Profesionales.

Es esta comisión la encargada del análisis del alza al salario mínimo. Y ese Informe Final determinó que el aumento para 2017 podría ser de 3.5 por ciento (2.5 pesos).

El aumento de 2016, fue de 4.2 por ciento, lo que le dio al salario 2.94 pesos más de lo que recibía el año anterior y lo dejó en 73.04 pesos.


De acuerdo con el Comisionado Joel Salas Suárez, la decisión se le notificó a la Conasami el pasado jueves 20 de agosto. A partir de ese momento tiene 10 días hábiles para entregar la información íntegra.
“En un primer momento la Conasami reservó, argumentando que esa información formaba parte de un proceso deliberativo y que entregar la información podía poner en riesgo lo que se trabajaba. En ese momento fue cuando entró el INAI, para valorar quién tenía la razón, si el sujeto obligado o el solicitante”, explicó Salas Suárez en entrevista con SinEmbargo.

La ponencia a su cargo valoró y consideró quién tenía la razón. En este caso, el ciudadano y así se propuso al Pleno. A diferencia de otras resoluciones, narró el Comisionado, se votó por unanimidad de los presentes (seis de los siete comisionados) a favor de la entrega de los documentos. Sin controversia.

Este medio digital consultó a la Conasami. El Área de Enlace sostuvo que luego de que el Consejo de Representantes, integrado por la misma Conasami, la Secretaría del Trabajo y Previsión Sociual (STPS) y los representantes de trabajadores y patrones, llevarán a cabo la reunión, se publicaría en su portal en Internet una versión pública del Informe Final.

Al respecto, Joel Salas recalcó que la instrucción del INAI, fue la de entregar la información íntegra de los documentos solicitados, no una versión pública, “salvo que haya datos personales que se tengan que salvaguardar. Sólo eso. La resolución es publicar una versión íntegra de los documentos solicitados. Ahora la Ley también prevé la conformidad del que solicitó la información. Si quien solicitó no está de acuerdo con lo que le entregaron podría recurrir nuevamente al INAI”.

Salas Suárez señaló que no habría razón por la que la Conasami no pudiera entregar la información, ya que de no hacerlo el Instituto podría emitir medidas de apremio o iniciar procedimientos administrativos por el incumplimiento a la Ley.

Descartó al mismo tiempo la posibilidad de que la Comisión solicite una prórroga en la fecha de entrega, ya que ésta se otorga dependiendo del tipo de información que se debe entregar.

Sin embargo, los encargados del caso ya tuvieron en sus manos la información y no creen viable que la fecha se postergue.

Se trata de documentos organizados en dos tomos: en el primero están las razones que explican el rezago del poder adquisitivo, seguido de un desglose de las Reformas estructurales y expectativas de crecimiento de la economía y de la productividad.

El capítulo tercero son 18 páginas en las que se desarrolla la problemática que representó la desindexación del salario mínimo, así como sus efectos en la evolución o recuperación de los salarios.Luego de este apartado se entra en materia concreta de las investigaciones.

La Conasami debe publicar lo que considera como los efectos del incremento del salario; lo que la Comisión Consultiva concluyó luego de sus actividades en general y de cada uno de los asesores de ésta, además de una exposición de los trabajos aportados por estos asesores, sus hipótesis, descripción metodológica, marco teórico autorizado, desarrollo de pruebas empíricas, sus principales hallazgos y, si aplica, el listado de su bibliografía autorizada.


También deberá entregar los elementos que integrarán la nueva política pública de salarios mínimos. Y además hacer públicas las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formaran parte del proceso deliberativo de los servidores públicos y la documentación de la decisión definitiva.

SALARIO SIN METODOLOGÍA

Especialistas han recalcado que las autoridades darán el anuncio al mínimo luego del proceso electoral de Estados Unidos. Con esa fecha límite, han recalcado que las autoridades pueden ofrecer un aumento salarial de 17 pesos

En los últimos 10 años, los aumentos salariales decretados por la Conasami no han sobrepasado los 3 pesos, y ese aumento fue en 2007, después de esa fecha a los trabajadores se les dan 2.21, 2.53 pesos más o –el más reciente– 2.94 pesos. En conjunto, el salario mínimo ha sumado 25.47 pesos más en una década para ubicarse en 73.04 pesos.

Hablar de calidad salarial en México es hablar de la causa principal de la pobreza. Actualmente, 63.8 millones de mexicanos viven en pobreza por ingreso. Se trata de la gente con un ingreso inferior a la línea de bienestar y conforma 53.3 por ciento o más de la mitad de la población. De ellos, el 46.2 por ciento pertenece a los 55.3 millones que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) incluye en pobreza multidimensional, más el 7.1 por ciento (8.5 millones de personas) denominados  “vulnerables por ingreso”.

Académicos y miembros de la sociedad civil han advertido que las condiciones económicas de México originarán una nueva oleada de pobreza, independientemente de que la cobertura de los programas sociales aumente, ya que lo que continúa estancado es el salario mínimo y éste arrastra al conjunto de salarios y sueldos de todos los trabajadores del país.

La magnitud de la situación puede captarse si se compara a México no sólo con los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), sino con los países centroamericanos.

En este sentido, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) sostuvo, en un informe reciente, que en los estudios realizados por varias instancias solicitados por la Conasami, no se refleja una metodología en la determinación del monto de los salarios, ni los factores a considerar para el aumento del mismo.

La revisión de la ASF se hizo a los 14 años de trabajo de la Conasami, periodo en el cual ha invertido 539.6 millones de pesos en investigaciones y estudios.
“Tampoco se identificó la realización de estudios para analizar el presupuesto indispensable para la satisfacción  de las necesidades de cada familia y las condiciones de vida de los trabajadores del salario mínimo, lo que limita conocer con precisión si el salario mínimo se fijó en forma razonable a las necesidades básicas de la población”, puede leerse en el informe de la ASF.
FUENTE: SIN EMBARGO.
AUTOR: DANIELA BARRAGÁN.
LINK: http://www.sinembargo.mx/27-10-2016/3107793