miércoles, 11 de mayo de 2016

Sepultan la fiscalización de gastos de campaña

CIUDAD DE MÉXICO: Los datos que proporcionó Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, son muy elocuentes: después de casi un mes de campañas electorales, únicamente 612 de un total de 3 mil 385 candidatos han registrado movimientos en el sistema de contabilidad de la autoridad electoral, es decir, 2 mil 773 (82% de los candidatos) están en falta.

Este desprecio absoluto a la legislación electoral vigente y a las normas emitidas por el Consejo General del INE es consecuencia lógica de las resoluciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

El 19 de agosto de 2015, al resolver diversas quejas de partidos políticos por el rebase de topes de gastos de campaña de los candidatos a diputados federales, los magistrados dejaron claro, en sus intervenciones en la sesión, que dado que el INE no había podido concluir oportuna y exhaustivamente su labor de fiscalización antes de calificar la validez de la elección, ya no se podría aplicar la causal de nulidad prevista en la legislación para el caso en que el candidato ganador hubiese rebasado al menos 5% el tope y que la diferencia de votos con el segundo lugar fuese menor a 5%.

En dicha ocasión, de acuerdo con el boletín de prensa del mismo tribunal, el magistrado Pedro Esteban Penagos manifestó que para “… hacer efectiva la causal (de nulidad de la elección por el rebase de topes de gastos de campaña), era necesario que los asuntos relativos a la fiscalización quedaran resueltos antes del 3 de agosto”. Y precisó que “lo importante es que con las resoluciones del día de hoy damos certeza a la validez de las elecciones de diputados federales, pero falta resolver lo relativo a la fiscalización” (Proceso 2025).

Y el 18 de abril del presente año, la misma Sala Superior por mayoría de votos resolvió que aunque el párrafo 3 del artículo 229 de la Ley General de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales señala explícitamente que la ausencia de informes de gastos de campaña es causal para negarle o retirarle el registro como candidato al precandidato que haya incumplido, la mayoría de los magistrados consideró que era suficiente presentar el informe en “ceros” (es decir no reportar ningún gasto) 35 días después de la fecha límite para cumplir con dicha obligación, a pesar de que la autoridad electoral tiene diversas constancias de eventos realizados y propaganda desplegada.

Los precedentes implican que la sanción aplicable por la entrega extemporánea y amañada de los informes de ingresos y egresos de los precandidatos y candidatos es una multa, con lo cual se abre una vía para obstaculizar la labor de fiscalización del INE y, por lo tanto, hacer nugatoria la causal de nulidad por violar topes de gastos de campaña, establecida en el artículo 41 constitucional.

El consejero Murayama lo señaló con toda claridad al participar en la sesión del Consejo General en el que tenían que dar cumplimiento a la resolución del tribunal, para reintegrarles el registro a los candidatos que habían incumplido con su obligación: “Si se abre la puerta a la entrega extemporánea, no se podrá hacer la fiscalización en tiempo, y eso gravitará en contra de la propia calificación de cada uno de los puestos de elección popular, porque el tribunal debe disponer de los dictámenes de fiscalización votados por este consejo”.

En la elección intermedia de 2015, la Comisión de Fiscalización del INE no tuvo la capacidad para procesar toda la información y atender todas las quejas en la materia e incumplió con los tiempos para poder aplicar dicha disposición constitucional, tal como señaló la Sala Superior del Tribunal. Pero era de esperarse que con la experiencia adquirida, tanto por parte de las autoridades como de los partidos políticos, y el perfeccionamiento del sistema digital de captura de información en tiempo real, en esta ocasión sí pudieran atender sus responsabilidades en tiempo y forma.

El Reglamento de Fiscalización señala en su artículo 38: “Los sujetos obligados (en este caso los candidatos) deberán realizar sus registros contables en tiempo real. Se entiende por tiempo real el registro contable de sus operaciones de ingresos y egresos desde el momento en que deban registrarse y hasta tres días posteriores a su realización.” Esta disposición implica que todos los candidatos tendrían que haber registrado operaciones, pues después de casi un mes de campañas electorales es imposible que no hayan realizado ninguna erogación; sin embargo únicamente 18% de los candidatos lo ha hecho; el resto ha incumplido con dicha disposición.

La tarea de revisar, confrontar y analizar los informes de ingresos y egresos de 3 mil 385 candidatos, con los tiempos perentorios establecidos en las distintas legislaciones estatales, es una labor titánica y la única forma de realizarla en tiempo y forma es mediante la automatización de muchas de las acciones, para lo cual es indispensable que candidatos y partidos políticos cumplan con las obligaciones establecidas en la legislación y los reglamentos.

Así que el incumplimiento por parte de 82% de los candidatos se convierte en un gran obstáculo para dicha labor, pero sobre todo para que la ciudadanía tenga la certeza de que los candidatos y, principalmente, quienes resulten ganadores en el proceso electoral, obtuvieron su financiamiento de fuentes lícitas y utilizaron los recursos dentro de los límites establecidos en la normatividad aplicable.

Al margen de las razones, es un hecho que la autoridad electoral incumplió con dicha obligación en la elección federal intermedia de 2015; pero se esperaba que sí pudiera cumplir en esta ocasión; sin embargo no habrá forma de conseguirlo si partidos y candidatos no cumplen con sus obligaciones en tiempo y forma. Y el informe muestra que hasta el momento no lo hacen.


Tras los precedentes del tribunal, el INE no tiene forma de obligarlos, así que la aplicación de disposición constitucional de anular las elecciones por la violación de los topes de gastos de campaña es materialmente imposible de aplicar y los actores políticos tienen vía libre para gastar sin límites.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JESÚS CANTÚ.
LINK: http://www.proceso.com.mx/440324/sepultan-la-fiscalizacion-gastos-campana