jueves, 31 de marzo de 2016

NL: Congreso local aprueba cárcel y fuertes sanciones por amenazas a periodistas

La sanción se agravará en 10 años de prisión si se comprueba que el homicidio del comunicador, su cónyuge o parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, fue a consecuencia del ejercicio de libertad de expresión.


El Congreso de Nuevo León aprobó reformas al Código Penal del estado, para sancionar con cárcel de seis meses a dos años, a quien incurra en el delito de amenazas contra periodistas.

El dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, presentado por el diputado local Rubén González Cabrieles, tuvo el respaldo unánime del pleno durante la sesión ordinaria de este miércoles.

Las reformas por modificación a los artículos 292 y 313 Bis I y adición de un artículo 302 Bis establecen, además de las sanciones de prisión, multa de una hasta 10 cuotas, al responsable del delito de amenazas contra periodistas.

“Si el ofendido fuera alguno de los parientes o personas a que se refieren los artículos 287 bis y 287 bis 2, se aumentará la pena que corresponda hasta en un tercio”, indicó el legislador de Nueva Alianza.

El diputado local del PAN, Hernán Salinas Wolberg añadió que “si se demuestra que la amenaza tuviera como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de la libertad de expresión, o fuera en razón del desempeño de su profesión cuando ésta se desarrolle en cualquier medio de comunicación, la sanción se agravará hasta un año adicional”.

Al mismo tiempo, se aplicará una multa de 100 a 500 cuotas, conforme con lo establecido en el artículo 292 del Código Penal de Nuevo León, apuntó.

“Si se demuestra que las lesiones tuvieran como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de la libertad de expresión, o en razón del desempeño de su profesión, cuando ésta se desarrolle en cualquier medio de comunicación, se aumentará la pena hasta al doble de las contenidas en el artículo 301 fracción II o en el artículo 302, y con una multa de 100 a 500 cuotas”, abundó.


El artículo 313 Bis señala que la sanción se agravará en 10 años de prisión y multa de 200 a mil cuotas “si se comprueba que el homicidio de quien labora en medios de comunicación, su cónyuge o parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, fue a consecuencia del ejercicio de libertad de expresión o desempeño de labor profesional”.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/3003/mexico/nl-congreso-local-aprueba-carcel-y-fuertes-sanciones-por-amenazas-a-periodistas/