martes, 8 de marzo de 2016

Emiten bases de defensoría electoral para pueblos indígenas

Tiene la finalidad de de garantizar los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer este lunes las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.

En el Diario Oficial de la Federación publicó que la creación de esta instancia es una protección jurídica especial que contribuirá a que pueblos y comunidades indígenas estén en aptitud de acceder en igualdad de condiciones a la jurisdicción electoral completa y efectiva para la defensa de sus derechos político-electorales.

Expuso que el objetivo de la Defensoría Pública es prestar gratuitamente los servicios de defensa y asesoría electorales en favor de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren, ante las salas del Tribunal Electoral.

La Defensoría Pública estará integrada por un titular, que será nombrado por la Comisión de Administración a propuesta de su Presidencia y durará en su encargo cuatro años, con la posibilidad de prorrogarse en igual tiempo por una sola ocasión.

También conformarán esta instancia defensoras y defensores, que serán nombrados por la comisión de entre las y los aspirantes que obtengan los mejores resultados en los exámenes de ingreso y los concursos de oposición que se realicen; además del personal administrativo y de apoyo.

Las funciones de esta instancia son proporcionar los servicios en el ámbito de su competencia; coadyuvar con el TEPJF al acceso pleno a la jurisdicción electoral, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, a fin de garantizar los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren.


Además de procurar el respeto, la protección y la promoción del ejercicio de los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas; orientarlos sobre la naturaleza, contenido y alcances de sus derechos y las demás que determine la comisión y la normativa aplicable.

DOF – Diario Oficial de La Federación:



FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/0703/mexico/emiten-bases-de-defensoria-electoral-para-pueblos-indigenas-documento/

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