jueves, 11 de febrero de 2016

Cinco claves de por qué falla la investigación de desaparición de periodistas y personas en México

Pese a que algunos casos llegan a ser indagados tanto a nivel estatal como federal no hay resultados. Artículo 19, con información de la ONU y la CIDH, identifica las deficiencias comunes en el trabajo de investigación de los mismos.

Lentitud para poner en marcha los protocolos de búsqueda (si es que existen), falta de coordinación ente autoridades, apertura de averiguaciones repetidas, negativa a proporcionar información precisa, dudas de las actividades o criminalización de las víctimas…

Son  problemas comunes que se repiten en las investigaciones abiertas por la desaparición de periodistas en México y que han ocasionado que, hasta ahora, ninguna haya sido resuelta, de acuerdo con un análisis de la organización por la defensa de la libertad de expresión Artículo 19.

Algunas de estas deficiencias, identificadas también por Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), no se presentan solamente en los casos de periodistas sino de las desapariciones de personas en general, pese a que llegan a ser varias las instituciones involucradas en “esclarecer” los casos.

El problema,  además de que las averiguaciones previas no se resuelvan, es que las deficiencias en algunas situaciones han impedido ubicar a las personas y salvarles la vida, como ocurrió con el caso del periodista Moisés Sánchez que un mes después de su desaparición fue encontrado muerto.

A partir del análisis hecho por la organización en su estudio “Desapariciones de Periodistas en México”, Animal Político te presenta las cinco fallas identificadas en las indagatorias de los casos, y que son responsables de que predomine la impunidad en las desapariciones.


  • No hay reacción inmediata

Las primeras horas luego de la desaparición de una persona son claves para dar con su paradero y posiblemente para salvarle la vida. Algunos estados del país y el gobierno federal cuentan con protocolos de acción sobre cómo actuar en esos primeros momentos claves en que se reporta que una persona no aparece, incluyendo los casos específicos para periodistas.

El problema, según Artículo 19, es que dichos protocolos se quedan en el papel pues no se aplican adecuadamente.

“El patrón es repetitivo en la medida en que ningún caso ha contado con reacción inmediata para la búsqueda y localización con vida de las personas. Tanto el Comité contra la Desaparición Forzada e Involuntaria de la ONU como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han señalado que no se inician las investigaciones con la debida celeridad” indica el informe.

En Veracruz por ejemplo, la segunda entidad con el mayor número de periodistas desaparecidos (y también de desapariciones en general según datos de PGR) la Fiscalía estatal cuenta con lineamientos específicos de reacción inmediata para la búsqueda de personas. Además hay dos acuerdos interinstitucionales que así lo señalan.

Sin embargo, en casos como el del periodista Moisés Sánchez, que Artículo 19 desglosa para ejemplificar los errores comunes, la fiscalía tardó doce días en girar oficios de forma adecuada para pedir información. También pasaron once días antes que se pidieran los videos de cámaras del C4 que registraron la ruta del secuestro del periodista, sin que hasta el día de hoy hayan sido entregados.


  • No se reconoce desaparición forzada

En el análisis de los casos, Artículo 19 identificó como patrón que el 96 por ciento de los periodistas desaparecidos estaban investigando temas de corrupción y crimen organizado con el posible involucramiento de servidores públicos. Ocho periodistas incluso fueron amenazados por autoridades locales o federales.

Pero hasta ahora, ninguno de los 23 casos de periodistas desaparecidos es investigado oficial y legalmente  como un asunto de presunta desaparición forzada.

“Los patrones identificados confirman las deficiencias en el tratamiento dado por las autoridades mexicanas. Es decir, ignoran u ocultan de manera sistemática los nexos causales entre la actividad periodística u  el papel de las autoridades y particulares en la desaparición de periodistas. De esta manera, sostenemos que la mayoría de las desapariciones son forzadas en tanto no se descarte este supuesto en las investigaciones” indica Artículo 19.

El que un caso sea tipificado como posible desaparición forzada no solo tiene que ver con un reconocimiento de la participación del estado, sino que además implica que la averiguación que se inicie no prescribe nunca, es decir no caduca, y las penas son mayores para los involucrados.


  • Se duplican (o triplican) averiguaciones

México ha creado en los últimos años instancias especializadas en delitos cometidos en contra de periodistas. Las procuradurías y fiscalías estatales cuentan con ellas, mientras que en la PGR existe la Fiscalía Especializada en Atención de delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) que se encarga de estos casos.

La situación es similar con la indagatoria de las desapariciones en general, donde la PGR creó una Unidad Especializada en Búsqueda de Personas (hoy fFiscalía) que se suma a la facultad que también tienen las entidades.

El problema ha sido que estas áreas federales no han atraído la mayoría de los casos. Por lo menos la FEADLE, indica Artículo 19, tiene solamente 13 averiguaciones por desaparición de periodistas que además, son casos repetidos a los de los estados pues no se atrajeron totalmente las indagatorias.

“La existencia de dos indagatorias constituye una duplicidad de actuaciones que implica la revictimización permanente de las víctimas indirectas (las familias) obstaculiza la eficiencia y compromete si independencia, imparcialidad y objetividad” señala Artículo 19.

La FEADLE, de acuerdo con el análisis, ha utilizado discrecionalmente su facultad para decir que casos atrae o no, situación que resulta restrictiva en materia de derechos humanos.

En algunos casos como el del periodista Moisés Sánchez, se abrió incluso una tercera averiguación previa  a través de  la Unidad Especializada en Investigación de Búsqueda de Personas, sin embargo sus acciones iniciales se centraron en pedir a las otras áreas sus propias indagatorias del caso.


  • Dudas y criminalización

El estudio advierte que un problema recurrente en el esclarecimiento de los casos, es que las autoridades responsables tienden a poner en duda que el trabajo del periodista sea el factor detrás de la agresión, e incluso que la víctima realmente se dedique a ello.

En el caso mencionado de Moisés Sánchez, esto quedó de manifiesto, según el recuento de Artículo 19, primero con las declaraciones del gobernador Javier Duarte quien puso en duda la calidad del trabajo de la víctima, pero sobretodo con la actuación de la Fiscalía de la PGR quien prefirió indagar si este era reportero en momento en que posiblemente seguía secuestrado pero con vida.

“Gran parte de las diligencias iniciales se centraron en comprobar que Moisés Sánchez era periodista. En efecto, invirtieron recursos materiales y humanos en enviar oficios a distintos medios de comunicación de Veracruz para preguntar si contaban con registros sobre la participación periodística-laboral de Moisés en sus empresas” revela el estudio.

En la misma investigación e Sánchez, y luego de que un juez emitiera un amparo en el que le ordenaba a la PGR esclarecer porque no había atraído el caso, la Fiscalía terminó por informar que no lo hizo argumentando según su criterio que este no era periodista.

Hasta ahora, en ninguno de las 23 desapariciones  se ha establecido como principal línea de investigación la actividad profesional de las víctimas}

Un caso más reciente que no entró en el análisis, pero que también fue condenado por  Artículo 19, fue el caso de la periodista Anabel Flores, secuestrada el pasado lunes 8 de febrero y encontrada un día después asesinada.

Aunque la Fiscalía dijo en un comunicado que indagaba varias líneas detalló solamente que se verificaba su posible contacto con un narcotraficante. El Fiscal luego dijo que hicieron ese señalamiento por “notas y rumores” publicados. Artículo 19 subrayó que es un ejemplo más de criminalización de los casos.


  • Opacidad hacia las víctimas

La falta de información confiable a la que puedan tener acceso las víctimas y luego la sociedad en general es un problema también recurrente en estos casos. Artículo 19 señala que en ninguna de las 23 desapariciones se conoce actualmente el estado en el que se encuentran las investigaciones.

En algunos casos como el del periodista Ramón Ángeles Zalpa del periódico Cambio de Michoacán, desaparecido desde el 6 de abril de 2010, o el de Sergio Landa Rosado del Diario Cardel de Veracruz que no aparece desde el 22 de enero del 0113, las fiscalías estatales y la propia PGR se han negado a proporcionar a las víctimas los datos que han solicitado.

La falta de datos, que no solo se presenta en la desaparición de periodistas sino de personas en general, es significativa pues se trata de casos de graves violaciones a derechos humanos sobretodo cuando hay autoridades involucradas en el hecho delictivo.

“La opacidad que rodea a la información sobre los hechos —y responsables, circunstancias del contexto general, políticas y deficiencias institucionales y decisiones que hicieron posibles las violaciones— niega igualmente el derecho que tiene la sociedad a conocer la verdad sobre las violaciones a derechos humanos” indica el informe.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ÁNGEL.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2016/02/cinco-claves-de-por-que-falla-la-investigacion-de-desaparicion-de-periodistas-y-personas-en-mexico/

No hay comentarios:

Publicar un comentario