lunes, 14 de diciembre de 2015

Recibe Senado ley sobre desaparición forzada que propone Peña

La iniciativa propone castigar con hasta 150 años de prisión el delito, que sería perseguido de oficio, con carácter de permanente y continuo.

El Senado de la República recibió este lunes la iniciativa de decreto por el que se expide la ley en materia de desaparición de personas, propuesta por el Ejecutivo federal.

La iniciativa de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Desaparición de Personas, reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, y fue publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Propone castigar hasta con 150 años de prisión a quienes cometan el delito de desaparición forzada y con hasta 135 años a quien cometa el delito de desaparición por particulares.

Señala que ambos delitos serán perseguidos de oficio y tienen el carácter de permanentes o continuos, en tanto la víctima esté privada de la libertad o sus restos no hayan sido localizados. Esta ley será de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional.

El presidente Enrique Peña Nieto reconoció en la iniciativa que la erradicación y castigo de este ilícito, es una asignatura pendiente que se reconoce y asume como compromiso de esta administración.

Con ella se creará el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en el cual participarán autoridades gubernamentales, familiares y organizaciones de la sociedad civil, y será la instancia superior para la articulación de esfuerzos en la búsqueda y localización de las personas desaparecidas.

Además de garantizar la protección de los derechos y establecer las medidas de atención, ayuda, asistencia, protección y reparación integral de las víctimas de los delitos de desaparición de personas.

Cometerá el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público o el particular que con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, priven de la libertad a una o más personas y se niegue a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información disponible, con lo cual la víctima queda sustraída de la protección del ordenamiento jurídico.


También cometerá el delito de desaparición por particulares, quien o quienes sin la autorización, apoyo o aquiescencia de un servidor público, priven de la libertad a una o más personas con la finalidad de ocultarlas, no reconozca dicha privación o no proporcione la información sobre su paradero.

Ley sobre Desaparición de Personas enviada por Peña.



FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/1412/mexico/recibe-senado-ley-sobre-desaparicion-forzada-que-propone-pena/

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