martes, 8 de diciembre de 2015

La CNDH impugna ante la SCJN la ley del derecho de réplica

MÉXICO, DF: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad en contra de la ley del derecho de réplica, por considerar que es contraria al derecho a la libre manifestación de las ideas y al propio derecho que regula.

La ley entró en vigor desde el pasado viernes 4 y fue impugnada desde ese mismo día por la revista Proceso ante la justicia federal. El semanario solicitó que se le suspenda la aplicación del ordenamiento publicado por el presidente Enrique Peña Nieto, al que también considera contrario al derecho de acceso a la libertad de expresión.

El Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal responderá en las próximas horas a la solicitud.

Con la petición de revisión constitucional por parte de la CNDH, la Suprema Corte podrá pronunciarse sobre cualquier violación a la Constitución que contenga la ley.

La norma impugnada reglamenta el artículo Sexto de la Constitución y fue aprobada en octubre pasado por el Senado de la República, sin que le hiciera alguna modificación al texto votado por la Cámara de Diputados en diciembre de 2013, cuando el tema principal en la opinión pública era la reforma energética.

Para la CNDH, la ley del derecho de réplica “no cubre los estándares constitucionales sobre el derecho a la libre manifestación de las ideas y el propio derecho a la réplica”, previstos en la Constitución, debido a su contenido “discrecional”.

Explica que la norma “permite una interpretación tan amplia que cualquier persona pudiera ser sujeto de las obligaciones de la ley de réplica, y por lo tanto de sus consecuencias y sanciones”.

El Congreso estableció como sujetos obligados a las agencias de noticias, a los medios de comunicación, a los productores independientes y a cualquier otro emisor de información responsable del contenido original, pero sin precisar a qué se refiere por “cualquier otro emisor de información”, observa el organismo.

De acuerdo con la CNDH, tal y como fue aprobada, la reglamentación ni siquiera cubre al propio derecho de réplica y en cambio “genera incertidumbre jurídica en los destinatarios de la norma”.

Señala que ese “vicio constitucional” de la ley le causa falta de certeza a los generadores de información y a las propias personas afectadas por la información difundida, porque a éstas les exige pasar por el medio que publicó la información antes de acudir al juez, “lo que imposibilita al posible afectado acceder por esta vía a la restitución de sus derechos”.

Al igual que Proceso en su demanda de amparo, la CNDH señala que la reglamentación al derecho de réplica no debe representar un riesgo para la libertad de expresión: “Ambos derechos deben equilibrarse”.

Debido a que la ley coloca en el mismo nivel a las autoridades que a los ciudadanos y protege de manera especial a los partidos políticos, precandidatos y candidatos, la CNDH observa que los servidores públicos “deben estar sometidos a un escrutinio más amplio, con base en los criterios y estándares internacionales que al respecto se han emitido”.

En los compromisos internacionales asumidos por México, tanto en la Organización de Estados Americanos (OEA), como en la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se reconoce el derecho de réplica, pero se señala que su regulación no debe implicar límites para la libertad de información y expresión, salvo en los casos de seguridad nacional, el orden público y el respeto a los derechos humanos.

Sobre las multas previstas en la ley, el organismo estima que también se pueden aplicar de forma discrecional “debido a que no tiene referente ni criterios legales” para aplicarlas, lo que también “contraviene la Constitución al no dar certeza ni certidumbre jurídica a la persona sancionada”.

Y advirtió que “permanecerá atenta” a la aplicación de la ley vigente desde el pasdo viernes 4 “para evitar abusos y aplicaciones arbitrarias”. En particular, el Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos dará orientación jurídica y acompañamiento en caso de que se inicien acciones contra los comunicadores al amparo de la nueva ley.

El jueves 3, un día antes de la entrada en vigor de la ley, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) también anunció que hará acciones de orientación y acompañamiento a periodistas y medios de comunicación.

Informó además que buscará acciones conjuntas con otras comisiones de derechos humanos del país y convocará a foros de discusión para promover una reforma a la ley, a la que califica como una afrenta no sólo a los derechos humanos, sino a las garantías mínimas” de un régimen democrático, según publicó Proceso en su edición de esta semana (2040).

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JORGE CARRASCO ARAIZAGA.

No hay comentarios:

Publicar un comentario