domingo, 29 de noviembre de 2015

Debe IPN dar a conocer estadísticas de aspirantes a nivel superior

MÉXICO, DF: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto Politécnico Nacional (IPN) dar a conocer la cantidad de aspirantes que participaron en el examen complementario para ingresar al nivel superior escolarizado del ciclo 2015-2016 y el número de matriculados y no matriculados.

Según un comunicado, al resolver un recurso de revisión presentado por un particular contra la respuesta del IPN, el cual fue turnado a la ponencia de la comisionada presidente, Ximena Puente de la Mora, el Pleno del Instituto validó la confidencialidad de los datos personales de los aspirantes.

El particular inconforme solicitó al sujeto obligado los resultados del examen y las acciones que llevó a cabo para que los procedimientos de selección fueran lícitos y no vulneraran derechos.

El IPN respondió que el nombre del aspirante, número de ficha y calificación son datos confidenciales, con base en el artículo 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia.

En el análisis del caso, se determinó que dar a conocer estos datos se dañaría la intimidad de los aspirantes, porque se divulgaría su interés por realizar estudios de nivel superior, su aptitud y conocimientos e, incluso, su forma de pensar, por lo que se ratificó dicha clasificación.

Por otra parte, se constató que anteriormente el sujeto obligado otorgó el número de aspirantes registrados para el año 2013.

Asimismo, se constató que no dio respuesta al pedimento del particular respecto a la legalidad del procedimiento, cuando tiene documentos como la Convocatoria para el Proceso de Admisión al Ciclo Escolar 2015-2016 para el Nivel Superior en la Modalidad Escolarizada y la Circular del Proceso Complementario de Admisión 2015-2016, Nivel Superior Modalidad Escolarizada.

“Consideramos que el tema educativo es de la mayor relevancia nacional, y por ello la transparencia y rendición de cuentas de las gestiones que realizan las autoridades educativas deben estar acompañadas también de un seguimiento puntual por parte de la sociedad”, afirmó la comisionada presidente, Puente de la Mora, al presentar el caso ante el Pleno.

Así, el Pleno del INAI modificó la respuesta del IPN, y le instruyó a realizar una búsqueda en la Dirección de Administración Escolar y en el Sistema de Administración Escolar a su cargo, e informar al solicitante los datos estadísticos consistentes en el número de aspirantes registrados en el Examen Complementario de Admisión a Nivel Superior en la Modalidad Escolarizada, para el Ciclo Escolar 2015-2016, desglosado en aspirantes asignados y no asignados.


Asimismo, el Pleno resolvió que debe entregar la Convocatoria para el Proceso de Admisión al Ciclo Escolar 2015-2016 para el nivel superior en la Modalidad Escolarizada y la Circular del Proceso Complementario de Admisión 2015-2016, Nivel Superior, Modalidad Escolarizada; y llevar a cabo una búsqueda exhaustiva de los documentos que contenga las acciones orientadas a que los resultados sean lícitos.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/?p=421950

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