domingo, 13 de septiembre de 2015

Perredista es alcalde y diputado al mismo tiempo

TOLUCA, Edomex: Aunque ya tomó protesta como diputado local, el perredista Jesús Sánchez Isidoro no ha solicitado licencia definitiva como presidente municipal de Valle de Chalco.

Su último permiso como alcalde no fue aprobado, sólo notificado al cabildo, y fue tramitado antes de asumir la Legislatura el pasado 4 de septiembre para un periodo de tan sólo 15 días.

Por tanto, tampoco su suplente en el ayuntamiento, Fernando Ruiz Razo, ha podido ser designado presidente municipal interino por el cabildo.

Sánchez Isidoro admitió que sólo notificó al cabildo su licencia temporal, y arguyó que por ley no fue necesario que el cabildo aprobará el permiso: “simplemente se notifica”, expuso.

Debido a que la licencia es temporal, el secretario del ayuntamiento, José Luis Herrera, fue designado encargado del despacho de la presidencia municipal.

El diputado local adelantó que espera que el cabildo llegue a los acuerdos necesarios para designar un presidente municipal interino para lo que resta de la administración; es decir, hasta el 31 de diciembre de este año.

Jesús Sánchez indicó que evalúa dos soluciones: solicitar licencia temporal al nuevo cargo para regresar a la presidencia municipal a concluir la administración, o que renuncie Ruiz Razo como suplente a la presidencia municipal “en un acuerdo político”, se presente una terna a la Legislatura local y el pleno designe al alcalde interino de Valle de Chalco.

En este momento, reconoció, Valle de Chalco se encuentra en un momento muy especial y “para ello nosotros buscamos la mejor de las circunstancias para que no se interrumpa la labor que se está haciendo como administración 2013-2015 y, sobre todo, que a quien le vaya mejor siempre sea a la ciudadanía”.

El perredista aseguró que hay tranquilidad política en el municipio y que en los próximos días se conocerá la decisión sobre este tema.

El artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México establece, en su fracción octava, que para ser diputado propietario o suplente se requiere: “No ser… servidor público federal, estatal o municipal”; el 43 dispone que “el ejercicio del cargo de diputado es incompatible con cualquier comisión o empleo del Gobierno Federal, del Estado o de los municipios y de sus organismos auxiliares por el que se disfrute sueldo”.


No obstante, Sánchez Isidoro considera que no se violenta ninguna de estas disposiciones en su circunstancia, porque en el otro cargo se encuentra de “licencia”.

FUENTE:PROCESO.
AUTOR: VENERANDA MENDOZA.

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