lunes, 7 de septiembre de 2015

Las 11 conclusiones del #InformeAyotzinapa

Refiere que los testimonios de los detenidos "indican eventos que no son posibles dadas las condiciones generadas por lo que tendría que ser el fuego mínimo necesario para la cremación de los cuerpos".

Estas son las conclusiones presentadas por el grupo de expertos de la CIDH, con base en el análisis de un perito independiente, sobre la supuesta incineración de normalistas de Ayotzinapa en un basurero de Cocula, que según la PGR ocurrió el 27 de septiembre. Dicha versión queda derrumbada:

1. No existe ninguna evidencia que apoye la hipótesis generada, en función a testimonios, que 43 cuerpos fueron cremados en el basurero municipal de Cocula.

2. Toda la evidencia recolectada muestra que en el basurero municipal de Cocula solo se han dado fuegos de pequeñas dimensiones cuya temporalidad no puede ser debidamente definida.

3. No hay evidencia que apoye la hipótesis que los cuerpos fueron cremados con un fuego alimentado mayoritariamente por las grasas subcutáneas.

4. Toda la evidencia recolectada muestra que el mínimo incendio necesario para la cremación de estos cuerpos no pudo haberse dado en el basurero municipal de Cocula. De haber existido un fuego de esta magnitud, daños generalizados serian visibles en la vegetación y la basura. Ninguno de estos elementos muestra estos daños.

5. Es imposible establecer si los fuegos ocurridos en el basurero municipal de Cocula fueron de dimensiones suficientes para la incineración de uno o más cuerpos, pero no hay ninguna evidencia que indique la presencia de un fuego de la magnitud de una pira para la cremación de inclusive un solo cuerpo.

6. No existe ninguna evidencia que muestre que la carga combustible necesaria para la cremación de cuerpos haya estado en algún momento disponible en las cercanías del basurero municipal de Cocula.

7. Los testimonios indican eventos que no son posibles dadas las condiciones generadas por lo que tendría que ser el fuego mínimo necesario para la cremación de los cuerpos.

8. El peritaje relacionado al fuego no fue hecho de acuerdo a las reglas internacionales ampliamente aceptadas por la comunidad forense en fuego. No se le dio la prioridad necesaria al peritaje de fuego, se dispuso de evidencia crítica (vegetación adyacente) sin el análisis necesario, la recolección de evidencia dejo de lado elementos críticos y necesarios y la evidencia no se estructuro de manera adecuada.

9. El Dictamen de Incendios (AP/PGR/SEIDO/UEDMS/871/2014, Folios 80002, 83278, 88350) no tiene los objetivos, la profundidad y el rigor necesarios para una investigación de esta naturaleza.

10. Las conclusiones del Dictamen de Incendios (AP/PGR/SEIDO/UEDMS/871/2014, Folios 80002, 83278, 88350) son en su mayoría erradas y en muchos casos no emergen de la evidencia material y de su posible interpretación.


11. Los peritos de la PGR autores del Dictamen de Incendios (AP/PGR/SEIDO/ UEDMS/871/2014, Folios 80002, 83278, 88350) no tienen los conocimientos ni la experiencia necesaria para abordar un caso de la complejidad de los eventos del 27 de Septiembre del 2014.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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