lunes, 20 de julio de 2015

Las normas tras las rejas

Según un documento de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU, existen protocolos internacionales que deben seguirse en todos los penales para la estancia de los reos en las prisiones. Derechos que también debían ser aplicados en el caso del capo más buscado del mundo.

De acuerdo a protocolos internacionales de derechos humanos de las personas en prisión, Joaquín Guzmán Loera debió contar con una plena protección a sus derechos dentro del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1 “El Altiplano”.

Alimentación, vestido, atención médica y dental, así como acceso a actividades educativas y de entretenimiento, eran algunas de las prerrogativas a las que el capo tenía acceso en prisión.

Según un documento de la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), existen una serie de protocolos internacionales que deben seguirse para la estancia de los reos en las prisiones.

Estos derechos tienen que ser observados en todos los penales; por supuesto, debían ser aplicados en el caso del capo más buscado del mundo.

Las normas internacionales

Los protocolos internacionales que México se haya obligado a cumplir incluyen todos los aspectos relacionados con la vida de los internos.

En el “Manual de normas internacionales de derechos humanos para funcionarios de instituciones penitenciarias”, un documento emitido por la ONU, se establecen algunos principios que deben cumplir las prisiones para vigilar el pleno cumplimiento de los derechos humanos.

Algunos de los puntos que todos los Estados deben cumplir en cuanto al manejo de sus cárceles son:

> Toda persona sometida a cualquier forma de detención o prisión será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

>  Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. No hay excepciones.

> Toda persona privada de su libertad tendrá derecho a un nivel de vida adecuado, lo que abarcará la alimentación, el agua potable, el alojamiento, el vestido y la ropa de cama.

>  Los locales destinados a los reclusos deberán tener suficiente volumen cúbico de aire, superficie mínima, alumbrado, calefacción y ventilación.

>  El derecho a la alimentación y el agua potable suficientes es un derecho humano. Todo recluso recibirá, a las horas acostumbradas, una alimentación de buena calidad y en cantidad suficiente y tendrá la posibilidad de proveerse de agua potable cuando la necesite.

> El derecho al vestido adecuado como componente del derecho a un nivel de vida adecuado es un derecho humano. Se tomarán las disposiciones necesarias para poder mantener la ropa limpia y en buen estado. Cada recluso dispondrá de una cama individual y de ropa de cama individual limpia, con facilidades para asegurar su limpieza.

>  Toda persona tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Cualquier tratamiento médico necesario se ofrecerá en forma gratuita. El recluso tendrá derecho en general a solicitar una segunda opinión médica.

>  Los reclusos y todos los detenidos tienen derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Los reclusos tendrán libre acceso a los servicios de salud de que disponga el país. Todo recluso deberá poder utilizar los servicios de un dentista calificado.

> El personal médico tiene el deber de proporcionar a las personas presas o detenidas el mismo nivel de calidad de tratamiento que se brinda a las personas que no están presas o detenidas.

>  Todos los reclusos deberán disponer, si el tiempo lo permite, de por lo menos una hora al día de ejercicio físico.

>  No se utilizarán cadenas ni grillos como medios de coacción.

>  El orden y la disciplina se mantendrán con firmeza, pero sin imponer más restricciones de las necesarias para mantener la seguridad y la buena organización de la vida en común.

>   Las penas corporales, el encierro en celda oscura y toda sanción cruel, inhumana o degradante quedarán completamente prohibidas como sanciones disciplinarias.

El debate por los derechos

Las autoridades federales han reiterado que las medidas carcelarias se aplicaban con pleno respeto a los derechos humanos del interno.

En un primer momento, el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, señaló que “por razones de derechos humanos y respeto a la intimidad”, la cámara ubicada en la celda de ‘El Chapo’ tenía dos puntos ciegos.

Refirió que se cumplía con todos los protocolos internacionales de derechos humanos.

Sus afirmaciones dieron lugar a que fuera criticado por dar a entender que gracias a ese respeto a los derechos del reo, éste se había escapado.

Su postura fue rectificada un día después, una vez que se reunió con Luis González Pérez, presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

“El respeto a los derechos humanos de ninguna manera fue la causa de la evasión de Joaquín Guzmán Loera”, indicó la Secretaría de Gobernación.

Las autoridades han sido cuestionadas por las condiciones en que se encontraba ‘El Chapo’ dentro de su celda, pues en el video mostrado del momento en que se escapó, se ve que contaba con una pantalla LCD.

La posesión de una televisión, de acuerdo con declaraciones de Monte Alejandro Rubido, comisionado Nacional de Seguridad, es uno de los derechos a los que tienen acceso los presos en los penales federales.

En febrero pasado, un grupo de 138 internos de ese Cefereso –entre ellos Guzmán Loera- presentaron una queja ante la CNDH acusando violaciones a sus derechos humanos.

Los supuestos reos que firmaron el documento se quejaron de malos tratos, mala alimentación, hacinamiento, condiciones de insalubridad en las celdas y maltrato a sus visitas y familiares.


Se inconformaron también de que solo tenían acceso a llamadas telefónicas con sus familiares, pero les eran controladas y limitadas, además de que solo podían tomar el sol durante una hora.

Acusaron a Librado Carmona, el director del penal, de encabezar una red de corrupción al interior de la prisión federal.

La Comisión acudió a El Altiplano y entrevistó a varios presos, entre ellos a ‘El Chapo’, quien dijo no haber firmado nada ni presentó ninguna queja sobre el penal.


Después de verificar que algunas firmas eran falsas, algunos de los firmantes ya estaban libres y otras irregularidades, la CNDH dio por cerrada la investigación por haberse quedado “sin materia”.

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: IMELDA GARCÍA.

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