miércoles, 3 de junio de 2015

‪#‎FreeNestora‬. Caso OHL: Edomex expropió ilegalmente un rancho a su favor en 2009

El terreno de 28 mil metros cuadrados utilizado para el Circuito Exterior Mexiquense fue expropiado bajo la falsa premisa de que no tenía dueños reconocibles y sin respetar garantía de audiencia. Además el terreno fue valuado 4 veces por debajo de su valor real. Pese a sentencias favorables, trabas judiciales han impedido que los afectados reciban la reparación del daño.

En 2009, el entonces gobernador del Estado de México Enrique Peña Nieto emitió un decreto de expropiación de El Rancho Mayte, ubicado en Tultepec,  para que ahí se construyera un tramo del Circuito Exterior Mexiquense, obra adjudicada a la empresa OHL.

Se argumentó, entre otras cosas, que el rancho no tenía dueño conocido pues no aparecía en el registro público y que su valor era de diez millones de pesos.

Pero contrario a lo establecido en el decreto, el rancho de 28  mil metros cuadrados sí estaba inscrito en el registro público por la familia que lo adquirió desde hace más de 40 años.  Además, el  valor real de la propiedad superaba los 50 millones de pesos.

Dos sentencias de amparo dictadas por un juzgado y un tribunal federal (de las que Animal Político tiene copia), en un proceso legal que se ha extendido por más de cuatro años, concluyeron que la expropiación ordenada por el Estado de México violó la constitución y los derechos de los propietarios del rancho.

En consecuencia,  se ordenó indemnizar a los afectados pues el terreno es irrecuperable: el circuito exterior y los coches lo atraviesan en medio.

Pero escollos legales en el mismo Poder Judicial, como la falta de designación de un perito por parte del Consejo de la Judicatura, han impedido hasta ahora que haya un nuevo dictamen  y que se repare el daño causado.

En el audio de una llamada que se difundió la semana pasada, entre el Director de Relaciones Públicas de OHL México Pablo Wallentin y el Director Jurídico de la compañía Gerardo Fernández, donde se habla de supuestos  sobornos a magistrados, se hace mención, sin abundar en detalles, al proceso por los terrenos de “Tultepec”.

-Oye y lo de los terrenos eh…. Lo de Tultepec, me parece perfecto,  a ver qué dictamen sale, y ni modo! – señala Wallentin

-Ok -responde Fernández

- Hecho

-Hecho Pablito bye

Giancarlo Schievenini, abogado de los dueños originales del rancho, reveló que el dictamen al que se hace referencia en la conversación telefónica es el que falta para la indemnización. “Nosotros no nos atrevemos a interpretar si hay o no sobornos en este caso, pero lo que es una realidad es que a cuatro años de que se hizo esa expropiación ilegal, no se ha reparado el daño” dijo.

El rancho perdido

El Rancho Mayte era una propiedad de aproximadamente 90 mil metros cuadrados ubicado en el pueblo de Santiago Tulyehuaco perteneciente el municipio de Tultepec. Sus propietarios son la familia Schievenini como consta en  su título de propiedad fechado en 1966 e inscrito en la oficina del Registro Público de Cuatitlán (asiento 50, volumen 368).

El rancho era utilizado principalmente para la cría de ganado  y la siembra de alfalfa. Además contaba con un pozo de agua debidamente concesionado, que generaba 216 mil metros cúbicos de este líquido al año.


Pero el 24 de agosto del 2009 en la gaceta de Gobierno del Estado de México se publicó un decreto  firmado por el hoy presidente Peña Nieto en el que se ordenaba la expropiación de casi 30 mil metros cuadrados del rancho.

Gaceta oficial del Edomex:



El argumento fue la utilidad pública del terreno para la construcción de un tramo de la tercera etapa del Circuito Exterior Mexiquense, obra a cargo de la sociedad anónima Concesionaria Mexiquense (Conmex) perteneciente a la compañía española OHL, que en últimas semanas ha sido exhibida en supuestos actos de corrupción y fraude.


En el decreto se expuso que  no había inscripción del terreno en el registro Público. Animal Político tiene copia de los oficios firmados por la registradora de Cuatitlán, Rocío Rojas, y del Director Técnico Jurídico de la Función Registral del estado Luis Alcántara Hinojosa, en donde en efecto, aseguran que no existía el registro, hecho que a la postre fue desmentido en el juicio.

Oficios del Edomex:



Además, el decreto firmado entre otros funcionarios por el secretario de Comunicaciones de la entidad, Gerardo Ruiz Esparza, señaló que el valor de los poco más de 28 mil metros cuadrados expropiados era de diez millones 188 mil pesos, los cuales quedaban a disposición como indemnización para quienes acreditaran ser dueños del terreno en fechas posteriores.

El 17 de diciembre del 2009 el rancho  fue entregado oficialmente a Conmex, quienes de inmediato enviaron personal y maquinaria al terreno para comenzar los trabajos.

De acuerdo con los representantes jurídicos de los afectados, la expropiación los tomó por sorpresa e interrumpió una negociación informal que sí había existido meses atrás para la venta del terreno. Dicho proceso estaba detenido porque la compañía ofrecía 200 0 300 pesos por metro cuadrado, cuando su valor superaba los mil pesos.

Tras la expropiación, Conmex construyó en menos de 36 meses el tramo del circuito exterior mexiquense  justo en medio del  rancho.

Irregularidades confirmadas


En enero del 2010, semanas después de la expropiación, la familia Schievenini promovió un juicio de amparo en el que evidenciaron que la propiedad sí estaba inscrita en el registro público y que la misma les fue arrebatada sin derecho a defenderse. La demanda fue dirigida contra diversas autoridades del estado de México, incluida la Oficina del Gobernador, y como tercero involucrado a Conmex.

Denuncia por expropiación de terreno en favor de OHL:



“No omitimos mencionar que si la información de los antecedentes registrales de dicho inmueble (el rancho) está a disposición de cualquier persona que lo solicite, con mayor razón tienen acceso a ella las autoridades que intervinieron en el procedimiento de expropiación” señala una parte la demanda.


El 4 de julio del 2011, tras año y medio de proceso, el Juez Cuarto de Distrito con sede en Naucalpan confirmó que la expropiación había violado el Derecho de Audiencia de los dueños contemplado en el artículo 14 de la Constitución, por lo que concedió el amparo 17/2010-V.

Sentencia de tribunal ratificada en favor de dueños de terreno expropiado por el Edomex para OHL:



Luego de las apelaciones que se presentaron, el Cuarto Tribunal Colegiado auxiliar en Puebla ratificó de forma unánime que la expropiación fue irregular e incluso amplió el amparo para que los afectados fueran indemnizados, dado que devolver el terreno con la obra ya en marcha era imposible.

Los magistrados desecharon, entre otras observaciones, las realizadas por la propia oficina del Gobernador del estado de México y de la empresa OHL que sostenían que la expropiación estaba justificada por la utilidad pública del circuito exterior.

En el juicio posterior para fijar la indemnización,  el gobierno mexiquense  y la empresa OHL presentaron sus propios dictámenes periciales que establecieron que el valor dela propiedad era de entre 9 y 11 millones de pesos, muy distinto al peritaje de los afectados que fijó su valor comercial en más de 55 millones de pesos.


En ese contexto, el juez solicitó el apoyo de un perito oficial en topografía y valuación, designado por la propia PGR, el cual tras su análisis concluyó que el valor real del terreno era de 53 millones 112 mil 400 pesos, cantidad cuatro veces superior a la planteada originalmente en la expropiación. El juez ordenó el pago de esa cantidad como indemnización.

Sentencias sin castigo

Hasta el día de hoy la familia propietaria del rancho expropiado no ha recibido un solo peso. En agosto de 2013, al analizar una queja presentada por el estado de México y Conmex, un tribunal federal ordenó “reponer el procedimiento de incidente de cumplimiento sustituto”, es decir, reiniciar el juicio para fijar la indemnización, porque se aplicó un procedimiento incorrecto.

En resumen, según los magistrados del Cuarto Tribunal colegiado en Materia Administrativa, el juez debió aplicar los lineamientos del Código Federal de Procedimientos Civiles y no de la Ley de Amparo.

“En los hechos solo se trata de plazos diferentes y de la designación  del perito valuador donde se hace el cálculo del pago. Ellos (los magistrados) pudieron utilizar un criterio en donde se declarara fundada la queja pero inoperante y se dejara la reparación del daño, pero no lo hicieron”, dijo Giancarlo Schievenini.


El abogado subrayó además que antes de que se fijara la indemnización ellos le solicitaron al juez  responsable, Fernando Peñaloza, que siguiera el procedimiento civil pero este se negó.

Sentencia de tribunal que echa abajo pago de indemnización por una cuestión técnica.:



Durante 2014 no hubo ningún avance porque el nuevo perito que nombró el Poder Judicial, Manuel García Pérez, no apareció en la lista de especialistas autorizados por el Consejo de la Judicatura Federal.

De acuerdo con los Schievenini, durante todo el año se enviaron a través del juez  al menos ocho escritos a  la Dirección Jurídica del CJF para que se autorizara al perito o se nombrara otro pero nunca hubo ninguna respuesta.


“Es claro que OHL ha tenido responsabilidad y a ellos los señalamos pero también de parte del Consejo de la Judicatura ha habido un silencio que en realidad es una omisión y que a nosotros nos sigue afectado. Aquí no hay justicia hasta ahora” dijo el abogado.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ARTURO ÁNGEL.

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