jueves, 9 de abril de 2015

Spot de Morena constituye actos anticipados de campaña, determina el TEPJF

Ordenó a la Sala Regional Especializada emitir una nueva resolución en la que reindividualice la sanción, ya que, señaló, el spot no se apega a las disposiciones constitucionales legales y reglamentarias en cuanto a su contenido.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la difusión, en radio y televisión, del promocional “El camino”, difundido por Morena, constituye actos anticipados de campaña.

Por lo anterior, ordenó a la Sala Regional Especializada emitir una nueva resolución en la que reindividualice la sanción, ya que considera que el spot no se apega a las disposiciones constitucionales legales y reglamentarias en cuanto a su contenido.

Los integrantes del Pleno, por mayoría de votos, avalaron en sesión pública el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se estableció que, si bien no existe alusión directa para promover una candidatura en particular, ni se presenta plataforma electoral, se advierte promoción implícita a favor del citado instituto político.


Lo anterior, debido a que la frase “En Morena tu voto sí vale”, constituye una invitación tácita para votar a su favor, que evidencia la intención de posicionarse frente a la ciudadanía en el contexto del proceso electoral federal en curso.

VÍDEO:



FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

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