miércoles, 8 de abril de 2015

Corte ordena liberar a 11 policías que participaron en operativo en el News Divine

El ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea destacó que los policías actuaron “con culpa consciente sin medir las consecuencias del bloqueo que realizaron” y que “privilegiaron la orden de sus superiores lejos de salvaguardar la integridad de los asistentes y protección de la vida”.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó liberar inmediatamente a 11 policías que participaron en el operativo en el News Divine en 2008, en el cual murieron 12 personas.
La SCJN determinó que “el trágico resultado del operativo realizado (…) no podía ser imputado a los policías que se encontraban fuera del establecimiento formando un muro de contención”.

La Corte concluyó que “la muerte de 12 individuos, así como las lesiones a por lo menos otras 7 personas, se debió a que muchos de los jóvenes que se encontraban dentro del establecimiento se comenzaron a acumular en un pequeño túnel aledaño a la puerta principal y permanecieron ahí atrapados durante aproximadamente 10 minutos”.

Los ministros señalaron que “esta acumulación de personas no fue provocada por los policías que se encontraban fuera del establecimiento”.

Según los ministros, la acumulación de personas se debió a tres factores fundamentales:


* El cierre de la puerta por donde salían los jóvenes durante las primeras etapas del operativo, a causa de ciertos disturbios que tuvieron lugar al exterior del establecimiento.
*La presión sobre los jóvenes para que abandonaran el lugar, ejercida por los policías que se encontraban dentro del establecimiento.
*La decisión de apagar las luces y el aire acondicionado del lugar, lo que ocasionó una falta de aire y generó un ambiente sofocante.

Entonces ¿por qué se formó una valla de policías afuera del News Divine? Los ministros determinaron que “derivado de la presión ejercida por los jóvenes atrapados, una de las puertas del lugar se venció y provocó que algunas de las personas más cercanas a la entrada fueran proyectadas hacia el exterior y cayeran al suelo, siendo pisoteadas por una multitud de personas que salía intempestivamente del establecimiento; razón por la que varios elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal conformaron una contención humana en torno a esta sección de la puerta, la cual se mantuvo por un lapso de aproximadamente 3 minutos, con el objetivo de controlar la salida de los jóvenes para evitar que se causaran daños a las personas que se encontraban en el suelo”.

Para la Suprema Corte fue evidente que “el actuar de dichos policías no fue lo que generó la muerte de los jóvenes, además de que su actuación se encuadró en el cumplimiento de un deber de cuidado, sin que fuera previsible para ellos lo que ocurría dentro y sin que tuvieran la obligación de preverlo en atención a un principio de confianza”.


La Corte aún tiene pendiente resolver otros juicios de amparo de más personas involucradas en el operativo de 2008 en el News Divine. Otras sentencias y la legalidad del operativo “será motivo de análisis en asuntos posteriores”, determinó el máximo tribunal mexicano.
Cuatro elementos de la policía capitalina fueron acusados y encarcelados por homicidios y lesiones; los demás por el delito ilegal del servicio público acontecido en el ejercicio de sus funciones.
Durante la discusión, el ministro ponente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea destacó que los policías actuaron “con culpa consciente sin medir las consecuencias del bloqueo que realizaron” y que “privilegiaron la orden de sus superiores lejos de salvaguardar la integridad de los asistentes y protección de la vida”.

En septiembre de 2014, los ministros de la Corte atrajeron tres amparos directos promovidos por los policías. Meses después, en febrero de 2015 atrajeron los demás amparos.

Los policías fueron considerados penalmente responsables por la muerte de 12 personas en el operativo, algunos por ordenar a los jóvenes no salir del bar y a los policías no romper la formación de valla, y a otros por formar dicha contención.

En febrero, la Corte estableció que el análisis del caso era un tema de trascendencia, pues permitiría pronunciarse sobre la atribución de responsabilidad penal de los policías en los delitos del resultado material cometidos por omisión propia.

También sobre la actualización de las causas de justificación, excluyentes de responsabilidad de la conducta típica atribuida por estado de necesidad o cumplimiento de un deber, derivadas de la obediencia jerárquica acatada por los uniformados.

El 20 de junio de 2008, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal organizó un operativo contra la venta de alcohol y droga a menores de edad en el News Divine, en atención a una queja vecinal.


En la acción se ordenó a un grupo de policías que formaran una valla en la puerta principal del local. Sin embargo, cuando los jóvenes se dieron cuenta de que la policía pretendía detenerlos, se aglutinaron en su intento por salir del lugar. El sobrecupo y la obstrucción de las salidas de emergencia  tuvieron como resultado la muerte de doce personas y decenas de heridos.

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.

No hay comentarios:

Publicar un comentario