martes, 17 de junio de 2014

Rasuran Ley de Delitos Electorales; abren la puerta a que sacerdotes orienten el voto

FUENTE: NOTICIAS MVS.
AUTOR: Angélica Melín Campos.

En el artículo 7, se contempló que serán sancionados aquellos que “sin causa legalmente justificada”, impidan la instalación o cierre de casillas.

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, aprobó cambios de última hora a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, con el fin de hacer algunas precisiones y ajustes que perfeccionen la norma. 

Sin embargo, la propuesta presentada por el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Carlos Angulo, generó críticas por parte de legisladores de izquierda, quienes hicieron notar al menos dos modificaciones que podrían implicar un retroceso en la normatividad y en la sanción a ilícitos que se cometen en el marco de las elecciones.

El diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), José Ángel Ávila, puntualizó que al artículo 16 de la norma, referente a las sanciones para ministros de culto que presionen u orienten el sentido del voto o induzcan expresamente al electorado a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, se eliminan las palabras “u orienten”.



Con ello, consideró, se quita el sentido central de la disposición, de modo que se borra la conducta que puede significar la comisión de un ilícito y el elemento objetivo de la falta a sancionar, que era “orientar” el voto a favor de determinados partidos o candidatos.

El también perredista Julio César Moreno, pidió no olvidar que en el ámbito religioso, hay curas, sacerdotes, arzobispos y líderes católicos, que realmente se entrometen en la vida política, y utilizan la sotana para “orientar” el voto de la ciudadanía.

El caso es el mismo en el artículo 11 del ordenamiento, referente a que los funcionarios públicos que coaccionen, induzcan o amenacen a subordinados a participar en actos de campaña, para que voten o se abstengan de votar a favor de candidato o partidos determinados, serían penalizados, planteó el diputado Ávila Pérez 

Pero al eliminar la palabra “induzcan”, nuevamente se debilita el elemento central de la norma y la conducta que debía ser sancionada, remarcó.

Establecer en la ley que solo se castigará a los funcionarios que coaccionen o amenacen a los subordinados, pero no a quien los induzca, es innecesario y en cierta medida  excesivo, refrendó.

El dictamen aprobado por mayoría y el cual se turnará a la Mesa Directiva de San Lázaro, para programarlo a discusión en el periodo extraordinario del jueves 19 y viernes 20 de junio, agrega elementos y frases cuyo fin es, indica la propuesta del diputado Angulo Parra, dar claridad al ordenamiento, evitar confusiones al momento de interpretar la ley y cubrir vacíos legales que pudieran afectar los derechos de los ciudadanos. 

En el artículo 7, se contempló que serán sancionados aquellos que “sin causa legalmente justificada”, impidan la instalación o cierre de casillas.


También se precisó que el funcionario de partido o candidatos, que “dentro del ámbito de sus facultades”, no compruebe gastos de campaña y de “remanentes” de partidos que hayan perdido el registro, serán multados, indica el texto aprobado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario