martes, 29 de abril de 2014

Slim acata “bajo protesta” mandato de Ifetel

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.

La compañía de telefonía móvil aclara que está en desacuerdo con la declaratoria de preponderancia por parte del Ifetel; a pesar de ello publicó una oferta de tarifas de interconexión.

Telcel, compañía del empresario Carlos Slim, dio a conocer la oferta pública de interconexión, que está obligada a acatar como “agente preponderante” en el mercado, como fue declarado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel); pero advirtió su desacuerdo, hasta ahora no ha consentido las tarifas de interconexión que fijó el instituto y además interpuso un amparo contra la medida el pasado primero de abril.

La interconexión constituye una técnica que responde a la necesidad de hacer interactuar las distintas infraestructuras (redes) con tecnologías y diseños diferentes, con la finalidad que los usuarios conectados perciban el servicio como si se tratara de una sola red (1).



La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) ha definido a la interconexión como “los arreglos comerciales y técnicos bajo los cuales los proveedores de servicios conectan sus equipos, redes y servicios para permitir a los consumidores acceder a servicios y redes de otros proveedores de servicios”.

La empresa perteneciente a América Móvil informó que todo aquel concesionario que desee sus servicios de interconexión, podrá conocer las condiciones del convenio en una dirección electrónica y realizar una cita para formalizarlo; el Ifetel elaboró dicho convenio.

Telcel ofrece a su competencia una tarifa de 0.2045 pesos por minuto de interconexión para las modalidades "el que llama paga" o "el que llama paga nacional", desde el 6 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2014, bajo protesta. Por mensaje corto la tarifa está en 0.0391 pesos.

La empresa enfatizó que ninguna de las manifestaciones contenidas en el documento implica o puede interpretarse como reconocimiento o consentimiento, expreso o tácito, sobre la constitucionalidad, validez, legalidad o procedencia de la resolución ni de la determinación de tarifas 2014, ni de ninguna otra regla, resolución, lineamiento general, plan, acuerdo u otro acto de autoridad, presente o futuro, ni tampoco sobre cualquier otra ley, resolución, plan, lineamiento general, acuerdo o cualquier otro acto de autoridad que pudiera resultar de los términos y condiciones ofrecidos por Telcel.

No obstante, la compañía de telefonía móvil cumple así con las reglas que le impuso el Ifetel, después de decretarla como preponderante.

Enfatizar que lo hace sin consentimiento, es debido a que no está de acuerdo con la declaratoria de preponderancia por parte del órgano regulador, ni con las tarifas asimétricas que debe cobrar a los usuarios de su red.

Uno de los argumento de Telcel es que el 8 de febrero de 2011 publicó sin mediación alguna, una oferta pública en el diario Oficial de la Federación (DOF), a la que ha hecho adecuaciones.


Bajo el principio de trato no discriminatorio, en junio de 2012, la empresa publico en el DOF las tarifas de terminación en usuarios móviles de su red, bajo las modalidades "el que llama paga" y "el que llama paga nacional", que aplicaron de 2011 a 2014 y disponibles para los concesionarios del servicio local y del servicio de larga distancia, por ello, Telcel considera que no había necesidad de un nuevo marco de interconexión, ni modificación de tarifas.

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