jueves, 24 de abril de 2014

Corte ampara a 39 homosexuales contra artículo del Código Civil de Oaxaca

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: PATRICIA MAYORGA.

CHIHUAHUA, Chih. (apro).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a 39 homosexuales oaxaqueños contra el artículo 143 del Código Civil del Estado que define al matrimonio como la unión entre hombre y mujer.

Con el voto en contra del ministro Jorge Pardo, sus colegas Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez consideraron dicho precepto como discriminatorio y anticonstitucional.

El amparo fue promovido el 17 de mayo de 2012, pero un juez de Distrito lo sobreseyó luego de considerar que los quejosos no tenían interés legítimo para impugnar la norma reclamada.

Las 39 homosexuales interpusieron entonces un recurso de revisión, que fue remitido a la SCJN y este miércoles la Primera Sala concluyó que la determinación de sobreseimiento fue incorrecta.



La SCJN concluyó que los quejosos sí tienen interés legítimo en el caso y les otorgó el amparo.

El abogado oaxaqueño Alex Alí Méndez, quien ha promovido amparos en diferentes entidades del país, explicó que en la resolución de la Corte implica que ese criterio se puede aplicar a todos los estados para obligarlos a reformar los códigos civiles, pero indicó que no los obliga a hacerlo, sólo es un paso importante que evidencia lo antidemocrático y anticonstitucional de las legislaciones estatales.

En este caso, la SCJN sólo falló en contra del Código Civil de Oaxaca, pero la diferencia con otros amparos ganados en las entidades, es que estos últimos sólo se podían promover por parejas que intentaran casarse por el civil y fueran rechazadas.

Sin embargo, en el amparo ganado en la SCJN, no se requerían personas que deseen casarse, se hizo a través de personas en lo individual, por la exclusión de contraer matrimonio que implica una discriminación, explicó Méndez.

“Las resoluciones evidencian cada vez más la discriminación de las leyes civiles y buscamos que se genere una declaratoria general de inconstitucionalidad, se necesita que la Corte ordene una modificación del artículo”, señaló.

Dijo que necesitan con la acción de inconstitucionalidad ganada y con cinco amparos que les faltan por ganar, esperan lograr que se reformen los códigos en los estados, pero cada entidad deberá tener su propia batalla.


Por ahora, la asociación Centro de Estudios Históricos sobre la Orientación Sexual (Cheros), anunció que promoverán otro amparo colectivo, para avanzar y obligar al Congreso del Estado a reformar los artículos 134 y 135 del Código Civil del Estado.

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