miércoles, 30 de abril de 2014

Con absurdos y omisiones, aprueban diputados Ley Federal de Competencia

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JESUSA CERVANTES.

MÉXICO, D.F. (apro).- Con artículos inconexos y omisiones legislativas graves –como dejar un apartado y establecerlo como “sin texto”–, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Competencia Económica, que pasó al Ejecutivo federal para su decreto.

Priistas, panistas, una parte de los perredistas, todos los diputados del Verde Ecologista y de Nueva Alianza lograron este martes 408 votos para avalar la minuta que llegó del Senado de la República con diversas imprecisiones.

En contra votaron 56 legisladores de Movimiento Ciudadano (MC) y del Partido del Trabajo, debido a que no se abordó el tema bancario ni el monopolio en que incurren al menos cuatro bancos internacionales y uno mexicano, los cuales concentran 80% de las operaciones financieras.

El dictamen aprobado forma parte de la iniciativa enviada por el presidente Enrique Peña Nieto el pasado 19 de febrero, misma que fue avalada por los diputados el 25 de marzo y devuelta por la Cámara revisora, el Senado de la República, con 44 modificaciones.



La Ley Federal de Competencia Económica tiene como objeto prevenir, investigar, combatir, perseguir, castigar y eliminar los monopolios, concentraciones ilícitas, barreras a la libre concurrencia, competencia económica “y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados”.

Entre los cambios que deberán instrumentarse destaca la obligación de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) de expedir y publicar, en un plazo no mayor a seis meses, las regulaciones que tendrán que aplicarse a la hora de analizar un señalamiento de práctica monopólica, cómo se determinará un mercado relevante y con poder, cuales son las barreras de competencia que se dan y cuál la libre concurrencia, así como las desincorporaciones.

Una de las modificaciones que el Senado hizo a la primera minuta de la Cámara de Diputados fue que el titular de la autoridad investigadora durará en su cargo cuatro años y podrá ser reelecto una sola vez.

Pero la nueva ley también tiene absurdos legislativos. Por ejemplo, en el artículo 31 fracción VI se establece que el titular de la unidad investigadora debe acreditar o cumplir con ciertos requisitos que se mencionan en el artículo 30. Sin embargo, cuando uno recurre a dicho articulado, lo menos que menciona son tales requisitos y se refiere más bien a en qué momentos puede ser removido el titular.

“Es decir, un artículo no tiene nada que ver con el otro, la redacción es inconexa, inexacta y torpe”, reclamó el coordinador de la bancada de MC, Ricardo Monreal Ávila, quien aseguró que las prisas y el querer sacar adelante la citada ley antes del 30 de abril fue lo que llevó a la Cámara de Diputados a aprobarla así.


Incluso hay un artículo, el 129, que no tiene texto. Y los diputados no quisieron eliminarlo, pues de haberlo hecho así se hubiera retrasado la aprobación de la ley, de modo que prefirieron autorizar un “no texto”.

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