lunes, 31 de marzo de 2014

“Para proteger el éxito de una investigación”: así defiende México al arraigo

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: TANIA L. MONTALVO.

Primero ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y ahora con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Estado insiste en que la figura permite salvaguardar vidas y bienes.

Los argumentos del Estado mexicano para defender el arraigo ante organismos internacionales, pese a advertencias de que éste es violatorio de los derechos humanos, son que hay un control judicial de la medida, se limita a temas de delincuencia organizada y se aplica “dadas las circunstancias que enfrenta (el país) en materia de seguridad” para “proteger el éxito de una investigación”.

“México tiene regulado en su Constitución la figura del arraigo, limitado para casos de delincuencia organizada, está regulado como una medida excepcional, se trata para cumplir tres grandes fines: uno, proteger valores superiores, la vida de personas y bienes; segundo, proteger el éxito de la investigación, y asegurar que no se fugue el indiciado”, explicó Mariana Benítez Tiburcio, subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacional de la Procuraduría General de la República al participar el jueves pasado en el 150 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que se celebra desde el 24 de marzo y hasta el próximo 4 de abril.


Apenas una semana antes, el Estado mexicano usó ese mismo argumento y dijo que la PGR mejoraría los “mecanismos de información” sobre las personas arraigadas para responder ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas observaciones hechas en octubre por Alemania, Austria y Bélgica sobre que la figura viola normas internacionales de derechos humanos y lo recomendable es eliminarla.

Según la PGR, la forma en la que México actualmente aplica el arraigo ya tiene una visión de derechos humanos, pues se eliminó la práctica que ocurría durante la gestión de Felipe Calderón (2006-2012) de “arraigar para investigar”.

“Ya no se detiene para investigar, se arraiga por circunstancias especiales que en el curso de una investigación la autoridad ministerial considera más oportuno para salvar la vida de la víctima y para proteger el éxito de la investigación. Ahora se arraiga para no lastimar otros derechos, incluyendo los del indiciado”, dijo Benítez Tiburcio.

Pero organizaciones defensoras de derechos humanos no están de acuerdo. Por un lado, consideran que no eliminar la figura es una muestra de que la estrategia de seguridad actual continúa sin tener una visión para garantizar la seguridad ciudadana y que ésta no tiene buenos resultados como herramienta de investigación.

“El arraigo constituye claramente una forma de detención arbitraria contraria a las obligaciones en materia de derechos humanos que México ha adquirido. Viola los derechos de libertad personal, legalidad, presunción de inocencia, las garantías del debido proceso y el derecho a un recurso efectivo”, según la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.

El Estado mexicano argumenta que una muestra clara de que el arraigo ya es una medida con mayor control judicial y limitada es que de 2011 a 2013 la cifra de arraigados se redujo 75% al pasar de 2,550 a 630.

Aunque la sociedad civil también tiene cifras para argumentar que la medida es ineficaz, pues desde 2008 que el arraigo es constitucional en México, 8 mil 595 personas han sido arraigadas, pero sólo el 3.2% declaradas culpables.

Una reforma en marcha

Ante las Naciones Unidas, al no aceptar la recomendación de eliminar la figura del arraigo hecha durante el Examen Periódico Universal que se realizó en octubre, México dijo que hay una reforma constitucional en marcha para reafirmar que éste sólo procede en casos de delincuencia organizada, pero también para reducir su duración e involucrar como vigilantes a organismos de protección de derechos humanos.

Actualmente, el arraigo se puede aplicar por 40 días, prorrogables a otros 40 y con la reforma que falta de discutirse en el Senado se busca que la aplicación sea de máximo 35 días.

Además, en febrero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el arraigo sólo es de competencia federal, es decir, sólo el Congreso puede legislarlo, un Ministerio Público Federal solicitarlo y un juez federal autorizarlo.

“El fallo de la Corte es sin duda un avance porque los estados ordenaban arraigos por un sin fin de delitos que ellos consideraban graves, violando la Constitución que indica que sólo aplica en delincuencia organizada, pero ello no exime que el arraigo facilite la tortura, sea una práctica salvaje que no considera que toda persona es inocente hasta que se reconozca lo contrario”, dijo sobre la decisión del máximo tribunal de justicia en México, José Antonio Guevara Bermúdez, director ejecutivo de la CMDPDH.

Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), México reconoció que actualmente hay 35 personas en el Centro Federal de Arraigos, pero insistió que todos eran casos “excepcionales en materia de delincuencia organizada”.

El tema también se discutió durante el Diálogo de Alto Nivel en Derechos Humanos con el Parlamento Europeo que ocurrió el 19 de marzo pasado, en donde organizaciones civiles insistieron en la necesidad de derogar la figura como medida cautelar durante una investigación.

Para la subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacional de la PGR, es para destacar la posición de México ante la medida pues “el arraigo denominado así, en muchos países existe en el sistema, existe en muchos países, evidentemente no lo llaman arraigo, pero es una medida de restricción impuesta por la autoridad investigadora. Hay países inclusive en los que no hay un control judicial”.

En 2002, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias concluyó que el arraigo es una forma de detención arbitraria.

Dos años después de que México legislara para aceptar la figura, en 2008, el Comité de Derechos Humanos de la ONU le advirtió por primera vez que el arraigo permitía la detención de una persona sin cargos y sin garantías jurídicas.


En los últimos seis años, México también ha recibido recomendaciones del Subcomité para la Prevención de la Tortura, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias y la misma Comisión Interamericana de Derechos Humanos para eliminar la figura.

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