viernes, 7 de marzo de 2014

Lista para promulgarse

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: ADRIANA AMEZCUA.

Con la aprobación del Congreso, los funcionarios y la ciudadanía podrán solicitar una consulta sobre temas de trascendencia nacional 

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Consulta Popular. 

Con 362 votos a favor, 57 en contra y cuatro abstenciones se aprobó en lo general la minuta con proyecto de decreto que expide esta legislación, turnada al Poder Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

En lo particular, que incorpora las modificaciones hechas por el Senado, obtuvo 333 votos a favor, 53 en contra y tres abstenciones.

El nuevo ordenamiento legal regula el procedimiento para convocar, organizar, desarrollar, computar y declarar los resultados que se desprendan de esta figura de participación ciudadana, establecida en la fracción VIII del artículo 35 constitucional.


De acuerdo con el proyecto de decreto, los temas de trascendencia nacional “que repercutan en la mayor parte del territorio nacional y que impacten en una parte significativa de la población” podrán ser objeto de consulta popular. El aspecto constitucional de los mismos lo resolverá la Suprema Corte.

Una consulta popular podrá ser convocada por: el Ejecutivo federal, el 33 por ciento de los integrantes de cualquier cámara del Congreso de la Unión y la ciudadanía “en un número equivalente a mínimo el dos por ciento de la lista nominal de electores”.

En la sesión ordinaria de ayer se discutieron algunos puntos sobre las modificaciones hechas por la Cámara alta a los artículos 5, 6, 9, 10, 12, 15, 20, 21, 25 28, 30, 32, 33, 41, 64, así como al sexto transitorio.

El proyecto aprobado destaca que solo el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá facultades para la difusión de consultas populares, “promoverá la difusión y discusión informada de las consultas que hayan sido convocadas a través de los tiempos de radio y televisión que le correspondan” y podrá cancelar la propaganda hecha por otros sujetos.

Si bien los ciudadanos podrán respaldar más de una consulta popular, si el trámite de las consultas es respaldado por los mismos ciudadanos no procederá si se rebasa el 20 por ciento de las firmas de apoyo. En ese escenario, “solo procederá la primera solicitud”, se acota.

Tanto los senadores como los diputados avalaron la adición de un sexto artículo transitorio que precisa que las referencias que la ley de consulta popular hace al Instituto Federal Electoral “se entenderán realizadas al Instituto Nacional Electoral, una vez que este último quede integrado”.

Jaloneos en el pleno

En la ronda de participaciones a favor y en contra de la nueva ley, Alfonso Durazo, diputado de la bancada de Movimiento Ciudadano, destacó que el pasado 5 de marzo tuvo lugar “un parteagüas en la forma de desahogar los temas en esta Cámara”. 

Aludió a la protesta pacífica encabezada por un puñado de legisladores de izquierda que se rebelaron ante el proceder de los coordinadores parlamentarios de los principales partidos políticos.

Durazo consideró que la lucha por esta ley de consulta popular por parte de legisladores de la izquierda es “más por el título que por sus contenidos”, pues al tener tantas limitaciones poco concretará.

En este punto el diputado perredista Fernando Belauzarán lo interrumpió, inquiriéndole qué limitaciones consideraba no  podrían ser salvadas como, por ejemplo, “para que en 2015 no se pueda dar la consulta sobre la reforma energética”, cuestionó.


“Todas son salvables”, reviró Durazo, “pero bajo un vía crucis…” y en tono irónico le dijo al perredista que si él inicia la consulta popular sobre el tema del petróleo espera que “el menor de sus nietos pueda ver el resultado del mismo”.

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