miércoles, 26 de marzo de 2014

La ley Peña-Televisa

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JENARO VILLAMIL.


MÉXICO, D.F. (apro).- En vísperas del inicio de la campaña electoral del 2006, un conjunto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y a la Ley Federal de Radio y Televisión se envió al Congreso.

La Cámara de Diputados, sin mayor discusión, aprobó estos cambios en menos de cinco minutos. Se armó un escándalo al conocerse los detalles que beneficiaban ampliamente a Televisa, la empresa dominante en la televisión abierta. En el Senado se fracturaron las bancadas. Aunque se aprobó, la Suprema Corte de Justicia de la Nación echó abajo aspectos sustanciales de esta iniciativa.

Esa fue la Ley Televisa del 2006. Los intereses del consorcio se impusieron para evitar que el cambio de gobierno federal de ese año afectara al poderoso monopolio de la dinastía Azcárraga.

Los candidatos presidenciales de todos los partidos fueron claramente presionados y el gobierno de Vicente Fox simplemente se lavó las manos frente a esta grosera forma de manipular al Congreso y de extorsionar a los partidos.

Siete años después, tras muchos capítulos fallidos de una reforma integral a los medios de comunicación y en las telecomunicaciones, el gobierno de Enrique Peña Nieto, con el apoyo del PAN y del PRD, participantes en el Pacto por México, impulsó una amplia reforma constitucional. Al gobierno y a los partidos les interesaba mandar un mensaje claro de autonomía frente a los poderes fácticos, en especial, ante Televisa.

Sobre todo a Peña Nieto, el candidato construido y proyectado en el laboratorio de publicidad política e infomerciales de Alejandro Quintero, estratega de la empresa de Azcárraga, le interesaba deshacerse de la etiqueta de “producto Televisa”.

Con este incentivo se aprobó una reforma constitucional que quedó coja en muchos aspectos, pero implicó avances fundamentales. El principal: que las concesiones de telecomunicación y de radiodifusión se definieran como “servicios públicos”; que se creara un órgano constitucional autónomo para regular el sector (el Instituto Federal de Televisión); que, por primera vez, se reconocieran a nivel constitucional los derechos de las audiencias y de los usuarios de telecomunicaciones ; y que se establecieran criterios y reglas para que ni Televisa (sus subsidiarias y sus aliados como TV Azteca) ni Telmex-Telcel (sus subsidiarias y aliados) impidieran la competencia y se estableciera un “piso parejo” que incluyera la apertura del sector a inversiones extranjeras.

El Pacto por México se disolvió tras la reforma constitucional energética de diciembre de 2013. Se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones, cuyo perfil de integrantes dejó mucho qué desear entre conocedores del sector. Se declararon agentes económicos preponderantes a Televisa y a América Móvil. Y se establecieron las bases para la licitación de dos nuevas cadenas de televisión digital abierta.

Estos pasos se dieron sin una ley secundaria. Ahora, a 45 días de que culmine el periodo ordinario de sesiones en el Congreso, el Ejecutivo federal envió una iniciativa que ha dejado un amargo sabor de boca entre quienes apoyaron aquella reforma constitucional y confirmaron la tendencia que algunos habíamos advertido: no se trata de democratizar el régimen de medios y de telecomunicaciones sino de recuperar el control gubernamental sobre este sector, atenazado por poderosos intereses, y privilegiar al aliado fundamental del peñismo (léase Televisa).

La ley secundaria presentada el pasado 24 de marzo en el Senado es contraria a la reforma constitucional y constituye “la segunda temporada de la Ley Televisa” del 2006 por varias razones. Entre ellas, hay cinco ejes temáticos que es necesario enunciar:

1.-Elimina la noción de servicio público.- En el artículo 2 de la iniciativa establece que “las telecomunicaciones y la radiodifusión son servicios de interés general”. Esa no fue la redacción de la reforma constitucional. En ella se estableció que eran “de servicio público”. La diferencia no es sólo de términos o conceptuales.

La eliminación de esta noción permite que aspectos desechados por la Suprema Corte de Justicia en 2007, al analizar la Ley Televisa, se vuelvan a incorporar en esta iniciativa. Por ejemplo, el criterio de dar las concesiones por el método de subasta, elimina la posibilidad de incorporar otros criterios necesarios como son cobertura social, eliminación de desigualdad en el acceso a las telecomunicaciones, promoción de la banda ancha, etcétera.

Se impone, pues, la ley del dinero y del más fuerte. En este sentido, ya sabemos quiénes ganarán.

En ninguno de las 70 definiciones del artículo 3 de la misma ley nos explican los redactores de esta iniciativa qué significa “servicio de interés general”. Sólo nos hablan de “rectoría” del Estado, no de promoción de la equidad y la eliminación de desigualdades y desniveles en telecomunicaciones.

2.-Se establecen candados de control presidencial y de posible censura en redes sociales y en medios.- La primera damnificada con esta iniciativa es la autonomía del IFT. Extraña que los comisionados no hayan dicho nada en esta materia, a pesar de que la mayoría de los especialistas ha destacado este punto.

Retornamos a los criterios de control de los contenidos, establecidos en la Ley Federal de Radio y Televisión de 1960, para darle a la Secretaría de Gobernación facultades que ya creíamos rebasados. El Consejo Consultivo del IFT –entidad que debía estar destinada a eso- simplemente queda como un organismo decorativo.

Pero ya no se trata sólo de controlar los contenidos, los tiempos de Estado (cuyo reparto es sólo para el Ejecutivo federal), la hora nacional y otras cosas de corte anacrónico. También incorpora muchos elementos de control en los usuarios de la telefonía móvil y del Internet.

Se trata, en esencia, de controlar a las nuevas audiencias digitales –cada vez más numerosas- y de los contenidos que se generan en redes sociales, sitios informativos en Internet.

Para nadie es un secreto que los dos grandes adversarios del gobierno de Peña Nieto y de Televisa son las redes sociales. En el primer caso, porque no se pueden controlar o cooptar de manera vertical. En el segundo caso, porque a mayor acceso a banda ancha, menor audiencia televisiva.

3.-Se hace imposible un modelo alterno al de los concesionarios comerciales.- La disputa es por el control del mercado, no por la promoción de nuevas opciones y modelos de comunicación, alternos a las concesiones comerciales.

Tendremos más canales de televisión abiertos y restringidos, pero con programación igual o muy similar, porque se privilegia el modelo de medios comerciales que podrán incrementar sus porcentajes de transmisión de publicidad, bajo el pretexto de la promoción de la producción nacional independiente.

Se establece la creación de una “nueva cadena estatal” de televisión “de uso público” que se llamará Sistema Público de Radiodifusión de México, que dependerá de la Secretaría de Gobernación.

En otras palabras, persiste la confusión priista entre “lo público” y lo “gubernamental”. Para la vieja tradición autoritaria, todo lo que sea público es gubernamental y, por tanto, debe representar una cadena que se dedique a defender y promocionar al Ejecutivo federal en turno.

Eso es un retroceso a una etapa anterior a la creación de Imevisión.

4.-Ampliamente favorable a Televisa.- A pesar de las recientes quejas y anotaciones de Grupo Televisa en su comunicado sobre la iniciativa de Peña Nieto, no se necesita ser brujo ni muy especialista para darse cuenta que en materia de regulación las reglas son mucho más duras para el agente económico preponderante en telecomunicaciones (léase América Móvil) y no para la televisión. Esto ya era muy claro en la declaración del IFT (de 188 medidas adoptadas, sólo 4 afectan realmente a Televisa). Esta tendencia se reforzó y confirmó con la iniciativa.

Nadie duda del poder abusivo en tarifas, en interconexión y en muchos servicios de las compañías de Carlos Slim, pero también es claro que el descontento contra Televisa radica en su expansión sin precedentes en la televisión restringida (tv por cable y tv satelital) y en su alianza con TV Azteca para dar un poderoso incentivo de barrera de entrada a cualquiera que quiera competir con este duopolio.

La iniciativa de ley favorece ampliamente la producción y publicidad de Televisa en el terreno de la televisión restringida. Y no elimina las poderosas barreras de entrada a la competencia en este terreno.

5.-Derechos de audiencia enunciativos, no programáticos.-La reforma constitucional incorporó los derechos de audiencia, a regañadientes de muchos legisladores que favorecen a la industria. ¿Qué es eso?, decían. ¿Cómo derechos de audiencia en un sector que se guía por la competencia? Justo ahí radica la perversión de esta iniciativa. Al desconocer que se trata de servicios públicos, se restringen y limitan los derechos de las audiencias y de los usuarios.

El título Noveno de la iniciativa  (“De los Usuarios”) y el Capítulo IV (“De los Derechos de las Audiencias”) son una verdadera broma. Se enuncian sólo ocho derechos de las audiencias, pero no se dice cómo van a operar, qué sanciones existen para quiénes los violen ni cómo defenderlos de manera práctica.

Por ejemplo, en el artículo 257 se establece:

“Son derechos de las audiencias…

“III. Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta.

“IV. Que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa”.


¿Cómo se van a “diferenciar”? ¿Qué significa eso de “aportar elementos” para distinguir entre publicidad y contenido? Nunca lo dicen.

(Las opiniones expresadas en el texto son responsabilidad absoluta del autor)

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