lunes, 31 de marzo de 2014

Grupo Carso se ampara contra preponderancia en telecom

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS (REDACCIÓN)

Por separado, Inbursa y Carso, ambas empresas propiedad de Carlos Slim, interpusieron un juicio de amparo contra la resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones que las consideró agentes económicos preponderantes en materia de telecomunicaciones.

Las empresas propiedad de Carlos Slim, Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa, interpusieron un juicio de amparo contra la resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) que los declara como agentes preponderantes.

En información enviada al público inversionista de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), exponen por separado que al no tener una concesión en telecomunicaciones no se les puede señalar como agentes económicos preponderantes.

Por un lado, Carso asegura ser “una sociedad anónima bursátil de conformidad a la normatividad aplicable a dicha clase de entidades, dentro de la cual se especifican, y son públicos, los sectores y actividades en los cuales se desarrolla”.


Ambas empresas aseguran estar impedidas para realizar actividades en materia de telecomunicaciones, por lo que -apuntan- las medidas que impuso el órgano regulador se consideran de imposible ejecución.

El pasado 7 de marzo, el Ifetel resolvió que al igual que América Móvil, Telcel y Telmex, Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa son agentes económicos preponderantes en materia de telecomunicaciones, debido a que forman parte de un mismo grupo de interés económico.

Ese día, el presidente del órgano regulador, Gabriel Contreras, dijo en conferencia de prensa que “de esta forma, si la infraestructura no es propia del concesionario, pero sí de alguno de los miembros del grupo de interés económico, éste tiene la obligación de compartir infraestructura”.

Así confirmó Inbursa sobre su amparo a los inversionistas de la Bolsa Mexicana de Valores: “…En seguimiento al aviso publicado el 7 de marzo de 2014, interpuso juicio de amparo contra la resolución (la “Resolución”) del Instituto Federal deTelecomunicaciones (“IFT”) del 6 de marzo de 2014 bajo las siguientes consideraciones principales:

1. GFINBUR no es un Agente Económico Preponderante en Materia de Telecomunicaciones, ya que no cuenta con el requisito esencial para ello que es tener una concesión en dicha materia, según lo establece el tercer párrafo del artículo cuarto transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de telecomunicaciones.

2. GFINBUR es un grupo financiero de conformidad a la autorización obtenida para ello de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la normatividad aplicable en dicha materia, dentro de la cual se especifica y limita en su objeto “adquirir y
administrar acciones emitidas por los integrantes del grupo financiero”.

3. GFINBUR está impedido para realizar actividades en materia de telecomunicaciones y las medidas que el IFT impone en virtud de la Resolución, se consideran de imposible ejecución por lo expuesto en los puntos 1 y 2 anteriores”.


Al respecto, la politóloga Denise Dresser comentó esta mañana en Noticias MVS, primera emisión, que no le extraña que hayan promovido un amparo contra la declaración de preponderancia. “El poder nunca concede”, refirió sobre la “batalla” que darán las empresas de Slim, las cuales “están buscando preservar el esquema que les permite extraer recursos a los consumidores”.

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