jueves, 27 de marzo de 2014

Conceden amparo por omisión técnica a Succar Kuri; no saldrá libre

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.

A través de un comunicado, el poder judicial de la federación señaló que el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, concedió el amparo para los efectos de emitir una sentencia que contenga “la misma firma del secretario de acuerdos”.

Luego de que se diera a conocer que por una omisión técnica, el Primer Tribunal Colegiado concedió un amparo directo contra la sentencia condenatoria de 70 años de prisión al empresario Jean Touma Hanna Succar Kuri, acusado de pederastia y pornografía infantil entre otros delitos, el Consejo de la Judicatura Federal precisó que el amparo concedido a Succar Kuri sólo tiene como efecto que el secretario de estudio y cuenta del Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito de Cancún, Quintana Roo, subsane en los próximos 15 días la falta de firma que no plasmó en la sentencia original que se le dictó a este hombre.

Lo anterior no significa que la sentencia de 70 años quede sin efectos, pues el tribunal solo ordena corregir el error “técnico” que se cometió. De igual forma el tribunal unitario no tendrá que elaborar una nueva sentencia, sino deberá utilizar la misma y en ella corregir los errores.


A través de un comunicado, el poder judicial de la federación señaló que el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, concedió el amparo para los efectos de emitir una sentencia que contenga “la misma firma del secretario de acuerdos”.

En esa sentencia se deberá precisar el nombre y apellido, tanto del magistrado que emita la sentencia, como del secretario que la autorice y dé fe, además, de constar la firma autógrafa de cada uno de ellos.

“Lo anterior, debido a que se advirtió que en la sentencia reclamada de 30 de agosto de 2011, si bien se hace contar el nombre y apellido de quien emite el fallo, resulta que no se cumplió con tal requisito por parte del secretario de acuerdos que autorizó y dio fe de dicha resolución”.


Destaca que este error no modifica los años que Jean Jean Succar Kuri deberá pasar en prisión y por ende no podrá salir en libertad.

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