jueves, 27 de marzo de 2014

Antes de decidir si es o no constitucional, la Corte regresa la consulta energética al Congreso

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.

La mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó para que antes de dictaminar si la reforma energética se puede someter a consulta popular, se cumpla un proceso ante el Legislativo.

Para que prospere la solicitud de Consulta Popular en materia energética, presentada por legisladores del PRD, el Instituto Federal Electoral (IFE)  aún debe validar el casi las más de 1.6 millones de firmas conseguidas como respaldo a la consulta, resolvió el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Los legisladores del PRD que presentaron la solicitud de consulta popular para revertir la Reforma Energética, se saltaron el procedimiento estipulado en el artículo 35 constitucional, pues luego de presntar las firmas necesarias, acudieron a la SCJN pidiendo su intervención, en lugar de asistir al IFE para que validara las firmas.

Por lo anterior, con ocho votos a favor y tres en contra el pleno de la Corte desechó por improcedente la solicitud que presentaron Manuel Camacho Solís, Mario Delgado y Alejandro Encinas para que el pleno de los magistrados se pronunciara sobre la constitucionalidad de la llamada consulta energética.


Los senadores del PRD incumplieron con lo dicho por el Artículo 35 al no pedir al IFE certificar que el más de 1.6 millones de firmas que presentaron son legítimas y cubren al menos 2% de la lista nominal de electores.

Sólo después de estos pasos, el Congreso debe requerir a la Corte la resolución sobre la constitucionalidad del tema a consultar, para que eventualmente se publique la convocatoria respectiva.

La Mesa Directiva del Senado publicó este jueves el acuerdo para enviar el expediente al IFE, que tendría 30 días naturales para verificar las firmas.

Si las firmas son validadas, el caso volverá a la SCJN, que debería resolver la posibilidad de una consulta con una pregunta “sencilla y comprensible” que se tiene que responder sí o no.


La ley reglamentaria para la consulta popular fue publicada hasta el pasado 14 de marzo, siete meses después de que venció el plazo Constitucional, por lo que no existía cuando los senadores del PRD iniciaron el proceso de la Consulta Popular.

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