lunes, 17 de febrero de 2014

Pemex tendrá que dar a conocer los ingresos de Romero Deschamps: IFAI

FUENTE: REVOLUCIÓN 3.0
AUTOR: CARLOS PORTILLO.

Petróleos Mexicanos (Pemex) tendrá que responder al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), dando a conocer las versiones públicas de los recibos de pago o de las listas de nómina, para hacer constar las percepciones recibidas por Carlos Romero Deschamps entre 1994 y 2000, y en el período comprendido del 1 de noviembre de 2012 al 30 de octubre de 2013.

La solicitud del IFAI se llevó a cabo en respuesta a un particular, por lo que Pemex entregó copia de los tabuladores sobre el salario del personal sindicalizado, declarando que Romero Deschamps es trabajador de régimen contractual planta sindicalizado, jornada laboral 0 y nivel tabular 28.

Asimismo, se detalló que los pagos y ayudas a los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) se encuentran en la cláusula 251 del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), señalando la ruta electrónica de consulta, acerca de los contratos vigentes desde 1993.

Todavía inconforme con dichos datos, el particular decidió interponer un recurso de revisión ante el IFAI, manifestando que la información no daba cuenta real de las cantidades que recibió el dirigente del STPRM.

El comisionado presidente del IFAI, Gerardo Laveaga, mencionó que Pemex tiene la obligación de conservar las listas de nómina del personal, o los recibos de pago salarial, además de los comprobantes de pago sobre participación de utilidades, vacaciones, aguinaldos, entre otros, durante el último año y hasta un año después de que la relación laboral concluya. En consecuencia, el documento necesario es el recibo de nómina expedido a Romero Deschamps, por parte de Pemex.

De esta manera, Laveaga dictaminó instruirle a Pemex que retome la búsqueda de información en la Subdirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, con la intención de localizar los recibos de nómina para comprobar el monto pagado al dirigente sindical.

Sin embargo, si al finalizar la búsqueda se advierte que dichos documentos son inexistentes, Pemex deberá entregar al particular una versión pública de las listas de nómina, otorgando los datos que correspondan al número de cuenta y las deducciones personales que reflejen la voluntad del trabajador.


Según los Lineamientos para la guarda y custodia del Archivo Contable Gubernamental, donde se precisa que el plazo de conservación abarca 5 años, existe la posibilidad de que el sujeto obligado no cuente con los recibos o la lista de nómina del período 1994-2000, por lo que si no llegaran a ser localizados, fácilmente se podría declarar su inexistencia.

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