jueves, 7 de noviembre de 2013

Ordenan al IMSS abrir expedientes sobre adeudos de cuotas obrero patronales

FUENTE: PROCESO.

MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá entregar en versión pública los 73 oficios que envió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de enero a mayo de este año, con el fin de afectar las participaciones federales de entidades y municipios, por el adeudo de cuotas obrero patronales.

En una primera respuesta a la solicitud de un particular que requirió la información, el IMSS le indicó que estaba reservada por cinco años y argumentó que el Instituto es un organismo fiscal autónomo y, por tanto, una autoridad fiscal obligada a guardar el secreto fiscal de los datos de los contribuyentes en el ejercicio de sus facultades de comprobación.

Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Ifai en el que precisó que requería los oficios que el IMSS remite a la SHCP para retener las cuotas que los estados y municipios no pagaron. El asunto fue turnado a la comisionada Jacqueline Peschard.

El IMSS reiteró su respuesta en la etapa de alegatos al señalar que tiene prohibido divulgar de forma nominativa o individual la información que los trabajadores o los patrones le proporcionen en cumplimiento de las obligaciones fiscales.

En una audiencia Peschard tuvo acceso a los oficios reclamados por el particular y advirtió que contienen, entre otros, los datos de identificación del oficio, la entidad federativa y municipio a que se refiere, las cantidades que deben estos últimos y el fundamento en que se basa la solicitud para requerir la afectación de la participación federal.

La comisionada ponente corroboró que existe un impedimento legal para que el IMSS proporcione la información solicitada porque la obtuvo en el ejercicio de sus facultades de organismo fiscal autónomo y, por tanto, está obligado a guardar el secreto fiscal.

Sin embargo, encontró que la propia Ley del Seguro Social, en su artículo 22, considera algunas excepciones y una de ellas es que puede entregar la información cuando ésta no se dé a conocer de forma nominativa o individual, es decir, que a partir de su difusión no sea posible identificar qué patrón o persona la proporcionó.

Peschard concluyó así que el IMSS puede otorgar acceso a la información requerida, omitiendo los datos que hagan identificable a los deudores para no violentar el secreto fiscal.

Finalmente, la comisionada propuso al pleno del Ifai modificar la respuesta del IMSS e instruirle a poner a disposición del recurrente la versión pública de los oficios que emitió y dirigió a la SHCP entre enero y mayo de 2013 para afectar las participaciones federales de entidades o municipios por el adeudo de cuotas obrero patronales.

Además, el Ifai determinó que debido a que la identificación de las entidades federativas y municipios que tienen deudas por cuotas obrero patronales es información de interés público, sugirió al particular que, de considerarlo pertinente, solicite la información a la SHCP.

La SHCP, precisó, es una vía para acceder a la información sin vulnerar el secreto fiscal y conocer el nombre y los datos de cada entidad federativa o municipio deudor.

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