jueves, 6 de junio de 2013

Propone Peña hasta 60 años de prisión por actos terroristas

FUENTE: PROCESO (5 JUNIO 2013).
AUTOR: JENARO VILLAMIL.


MÉXICO, D.F. (apro).- Con penas hasta de 60 años de prisión a quien cometa actos terroristas y de 14 a 40 años de prisión para quienes aporten o recauden fondos para apoyar a individuos o agrupaciones terroristas, la iniciativa de reformas a la Ley Federal de Delincuencia Organizada y al Código de Procedimientos Civiles fue enviada este miércoles por el Ejecutivo federal a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

El presidente Enrique Peña Nieto propone también actualizar el tipo penal de terrorismo internacional, para abarcar a aquellos materiales y combustibles nucleares, material radiactivo y fuentes de radiación que puedan ser empleados para cometer actos terroristas.

También solicitó modificar el tipo penal básico para incluir, en operaciones con recursos de procedencia ilícita, a quien “posea, convierta, retire, reciba por cualquier motivo o traspase dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes” de procedencia ilegal.


Además, se prevén castigos para quienes ataquen vías de comunicación y lleven a cabo robo de materiales radioactivos, combustible nuclear o fuentes de radiación.

En la exposición de motivos se aclara que no se considera terrorismo nacional o internacional a las manifestaciones de grupos sociales que, “en el ejercicio de sus derechos humanos, sociales o de cualquier otro derecho constitucional y sin atentar contra bienes jurídicos de personas, busquen presionar a la autoridad para que se tome una determinación sobre alguna demanda”.

De acuerdo con la iniciativa, se sancionará de 1 a 9 años de prisión y con 100 a 300 días de multa a quien “encubra a una persona que haya participado” en los delitos relacionados con el terrorismo.

Asimismo, propone castigar con 15 a 40 años de prisión y aplicar multas de 400 a mil 200 salarios mínimos a quienes cometan homicidios o algún acto contra la libertad de una persona internacionalmente protegida y a quienes realicen en territorio mexicano cualquier acto violento contra edificios públicos.

Más aún, se prevé prisión de 12 años y multas de 200 a 600 días a quien amenace con cometer terrorismo internacional desde territorio mexicano, y con 20 a 30 años de cárcel a quien “destruya total o parcialmente instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presten servicios a la aviación civil u otro vehículo de servicio público federal o local”.

Con las adecuaciones a la Ley Federal de Extinción de Dominio se faculta al Ministerio Público para ordenar la inmovilización provisional e inmediata de fondos o activos ante el conocimiento de reportes, informes o resoluciones de las autoridades nacionales de la vigilancia financiera, así como aquellas que emitan los organismos cuando estén involucrados en delitos en la materia.

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