miércoles, 26 de junio de 2013

Pemex dará informe sobre Torre

FUENTE: LA SILLA ROTA.

Luego de la explosión en el complejo B de la Torre de Pemex, el pasado 31 de enero, el Ifai ordenó a Pemex informar sobre las empreas y el monto que se les pagó para realizar trabajos de mantenimiento.

Tras explosión en el complejo B de la Torre de Pemex, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) ordenó a Petróleos Mexicanos dar a conocer el monto de los contratos y el nombre de las empresas que realizaron trabajos de mantenimiento en los edificios que integran el Centro Administrativo, ubicado en Marina Nacional.
El estallido se registró el pasado 31 de enero y dejó 37 muertos, así como 126 heridos.

Ante estos hechos, Pemex deberá proporcionar la información y en caso de que los trabajos hayan sido realizados por la propia paraestatal tendrá que a dar a conocer cuántos recursos se destinaron para este fin, en el periodo comprendido entre 1998 y el 6 de febrero de 2013.

Luego de que un particular solicitó el nombre de las empresas contratadas y los recursos erogados para el mantenimiento de estas instalaciones, Pemex se negó a proporcionar la información al asegurar que estaba clasificada como reservada por 12 años y al asegurar que se podría afectar las indagatorias realizadas derivadas de la averiguación previa AP/PGR/DDF/SZC/CAM/052/2013-01.

La comisionada del Ifai, Jacqueline Peschard respondió que la Procuraduría General de la República (PGR) ha hecho pública información relacionada con la investigación sobre la explosión en Pemex.

Además estableció en su análisis jurídico lo siguiente:

- De acuerdo con la normativa analizada y la diligencia de acceso a la información que se llevó a cabo en este Instituto, se advirtió que las bitácoras son instrumentos técnicos de control de los trabajos que constituyen el medio de comunicación entre las partes que formalizan los contratos, en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que se presentan durante la ejecución de éstos.

- A partir de la documentación remitida por PEMEX a este Instituto; así como de la información pública relacionada con este asunto, se observó que las bitácoras de mantenimiento solicitadas por la particular fueron requeridas por la PGR a efecto de integrar la averiguación previa que tiene por objeto, entre otras cuestiones, analizar las posibles responsabilidades, en relación con la explosión acaecida el 31 de enero de 2013 en las instalaciones de la Torre B-2 del Centro Administrativo de PEMEX.

- Asimismo, observó que dicha actividad –esto es, el mantenimiento- ocupa un tema central en los requerimientos de la autoridad citada y se encuentra relacionada directamente con una de las líneas de investigación que la propia Procuraduría ha dado conocer.

- De acuerdo con lo anterior, se advirtió, por un lado, que la documentación se generó con motivo de la ejecución de contratos (en los casos en los que PEMEX contrató los trabajos de mantenimiento con terceros) o de trabajos de mantenimiento realizados directamente por la entidad y, por otro, que actualmente dicha información forma parte de una investigación en la que constituye uno de los elementos principales que están siendo objeto de análisis y que, por tanto, tendrá un efecto directo en los resultados a los que arribe el Ministerio Público.

- Entre los resultados que se esperan de dicha investigación, como fue señalado por la propia PGR, se encuentra la determinación precisa de las causas y la forma en que ocurrió el accidente del 31 de enero de 2013 en la Torre B-2 del Centro Administrativo de PEMEX, y las posibles responsabilidades que deriven de ese hecho.

- En este sentido, se observa que las bitácoras requeridas por la hoy recurrente son insumos relevantes para el cumplimiento de los fines que persigue la investigación que está realizando el Ministerio Público y, por lo tanto, para el ejercicio de las atribuciones a cargo de dicha autoridad y satisfacción del interés público consistente en la investigación y persecución de los delitos y, de ser el caso, la imposición de una sanción a quien resulte responsable del accidente multicitado.

- La difusión de las bitácoras, de forma previa a la conclusión de la indagatoria, podría generar un daño presente, al impedir u obstruir las atribuciones que actualmente está ejerciendo el Agente del Ministerio Público; un daño probable, ya que se podría dar cuenta de otras posibles líneas de investigación que, a su vez, podrían generar factores externos que no permitan el desahogo adecuado, por ejemplo, de otras diligencias que resulten necesarias, por lo que procede clasificar las bitácoras de mantenimiento solicitadas.

- Por otra parte, en el caso del nombre de las empresas que desarrollaron trabajos de mantenimiento y montos de los contratos respectivos, no se advierte de qué manera su difusión podría generar una afectación a la indagatoria del ministerio público ya que, la entrega de dicha información por sí sola, no daría cuenta de elementos objeto de valoración para determinar las causas y responsabilidades en caso de haber estas últimas (y que, en ese sentido podrían dar a conocer nuevas líneas de investigación, o datos que obstruyan diligencias).

- Asimismo, aunque fue remitida al Ministerio Público diversa información relacionada con los trabajos de mantenimiento, lo cierto es que la información fue generada en virtud del ejercicio de atribuciones del sujeto obligado y, por tanto, obra en posesión de Pemex independientemente de la existencia de la indagatoria referida, lo cual permite advertir que para otorgar dicha información a la recurrente, no resultaría necesario tener acceso al expediente de la averiguación previa y, en consecuencia, no se vulneraría el bien jurídico tutelado que busca proteger la causal de clasificación prevista en la fracción III del artículo 14 de la LFTAIPG

Peschard aseguró que dar a conocer el nombre de las empresas y costos de contratos para realizar trabajos en la Torre B , transparenta el uso de los recursos públicos y favorece la rendición de cuentas.

Dijo que Pemex deberá entregar los documentos, como las actas de finiquito de los contratos, los acuerdos emitidos por las áreas responsables que hayan realizado el trabajo de mantenimiento, así como los montos contratados.

Además dijo que si bien la información es reservada, el Pleno consideró que un año contado a partir del 4 de abril de 2013, es un plazo adecuado para que concluya la información, pero este periodo se puede ampliar, o bien, desclasificarse antes, si desaparecen las causas que originaron la clasificación.

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