martes, 14 de mayo de 2013

SCJN aún sin definir efecto de leyes inconstitucionales relacionadas con delincuencia organizada

FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: JESÚS ARANDA.

Ayer, los ministros declararon la invalidez de una serie de artículos previstos en el Código Penal del Estado de Colima para sancionar la trata de personas, en razón de que es facultad del Congreso de la Unión legislar en materia de delitos graves relacionados con el crimen organizado.

México, DF. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continúa con problemas para definir los efectos de leyes declaradas inconstitucionales e inválidas que tienen que ver con ilícitos relacionados con la delincuencia organizada.

Ayer, los ministros declararon la invalidez de una serie de artículos previstos en el Código Penal del Estado de Colima para sancionar la trata de personas, en razón de que es facultad del Congreso de la Unión legislar en materia de delitos graves relacionados con el crimen organizado como son secuestro, narcotráfico y trata de personas.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría General de la República (PGR) en contra del artículo 161 del Código Penal de Colima -reformado en 2012-, el pleno determinó declarar la invalidez de la norma por dos razones fundamentales:

Porque invadía la esfera de competencia del Congreso de la Unión y porque además, establecía “pena de seis a doce años” por el delito de trata de personas sin hacer referencia precisa y exacta a la pena que correspondía, lo que genera inseguridad jurídica, señaló el ministro instructor Luis María Aguilar.

El ministro presidente Juan N. Silva Meza se pronunció porque la declaratoria de invalidez incluyera “todo el sistema” aprobado por el Congreso de Colima relacionado con el delito de trata de personas..

Precisó que la invalidez no se limitaría al artículo 161, párrafo primero del Código Penal de Colima –como lo demandaba la PGR-, sino que incluiría artículos que incluso no fueron impugnados.

Sin embargo, los ministros se atoraron al definir los efectos de la sentencia, ya que tal como ocurrió con el delito de secuestro –el pasado lunes la SCJN declaró la inconstitucionalidad de reformas sobre ese tema aprobadas por los congresos de Aguascalientes, Baja California Sur y Coahuila-, su decisión podría ser aprovechada por quienes fueron procesados o sentenciados por las leyes declaradas inconstitucionales para demandar su libertad.

Ante esa situación, el pleno decidió aplazar para el próximo lunes la discusión del tema para definir el alcance de los efectos de su resolución.

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