martes, 9 de abril de 2013

Revira Lorenzo Córdova a contralor del IFE

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.

Previamente, el consejero aseveró que la tarea del contralor es hacer indagatorias, recabar pruebas y someterlas a consideración del Consejo General del Instituto Federal Electoral y no le corresponde sancionar.

El consejero del IFE, Lorenzo Córdova, reviró al contralor de dicho instituto, Gregorio Guerrero Pozas, quien criticó a los integrantes del Consejo General y los acusó de “esconder la mugre debajo del tapete”, luego de que declararan improcedente una sanción contra Fernando Santos Madrigal, ex director ejecutivo de administración del organismo, investigado por causarle un daño patrimonial por 124.5 millones de pesos.

Previamente, el Consejo General ya había fijado postura sobre el caso, por el que aseguró que no tolera la corrupción.

El propio Córdova dijo en Noticias MVS que la acusación del contralor del Instituto Federal Electoral sobre supuestas irregularidades en la compra de un inmueble, carece de argumentos técnicos y jurídicos para constatar un posible daño patrimonial.

Se reproduce el texto íntegro y el documento que difundió el consejero, tras la controversia con el contralor, desatada desde el mes pasado:

Estimados amigas y amigos:
Sin el ánimo de evidenciar un encono irracional con la posición asumida por el Contralor del IFE, adicionalmente a la información remitida el día de ayer les adjunto parte de la resolución propuesta por el citado funcionario la cual establece que en el procedimiento administrativo de responsabilidades de los servidores públicos del Instituto Federal Electoral no impera el principio de presunción de inocencia, sino uno de responsabilidad.
Al analizar detenidamente la parte considerativa de la propuesta de resolución que adjunto, coincidirán que la postura adoptada por el Contralor es contraria no sólo a una lógica de protección de un derecho fundamental que rige a un procedimiento acusatorio como lo es el que dio origen a la propuesta de resolución, sino que además vulnera lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución federal.
Por lo tanto, de haberse votado a favor la propuesta de resolución presentada, ello habría generado por parte del Consejo General una vulneración no sólo al principio de legalidad sino también a derechos fundamentales y, en lo personal, dicho actuar hubiera ido contra mi convicción de maximizar la protección de dichos derechos frente al actuar de cualquier autoridad.

Quedo a sus órdenes para cualquier comentario.

Fuerte abrazo,

Lorenzo Córdova


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